Fiscala anticorrupción apeló sentencia que blanquea a Fernández Lippmann

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Raúl Fernández Lippmann.
Raúl Fernández Lippmann.Fernando Romero

La fiscala Victoria Acuña apeló la absolución de Raúl Fernández Lippmann y Cristian León por el sonado caso de enriquecimiento ilícito y lavado de dinero que se conoció a través de los audios filtrados por ABC Cardinal. La agente pidió la anulación de la sentencia y que se realice un nuevo juicio oral.

La intención de la investigadora Victoria Acuña Ricardo, que encabeza la Unidad Especializada de Delitos Económicos y Anticorrupción del Ministerio Público, según ella misma expresa en el oficio remitido al juez de la causa, es brindar los argumentos que posibiliten una interpretación correcta del tipo penal previsto en la Ley 2.523/2004, de Enriquecimiento ilícito y lavado de dinero, artículo 196 del Código Penal, al solo efecto de demostrar la errónea interpretación en la cual ha incurrido el Tribunal de Sentencia en oportunidad de efectuar el proceso de subsunción de la conducta de los acusados Raúl Antonio Fernández Lippmann y Cristian Manuel León Guimaraes.

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Para la fiscala, todos los elementos de la tipicidad objetiva y subjetiva de la Ley 2.523/2004 de Enriquecimiento ilícito y lavado de dinero, artículo 196 del Código Penal, se cumplen a cabalidad en el presente caso, por lo tanto, la conducta es típica y, al no haberse demostrado alguna causal de justificación, también es antijurídica.

“Actuaron con reprochabilidad”

Según Acuña, al estar los acusados en pleno uso de sus capacidades mentales y físicas, también se afirma que actuaron con reprochabilidad, por lo que la conducta de los mismos cumple con todos los requisitos de la punibilidad, conforme al artículo 14 inciso 1 número 6.

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Por tanto, la fiscala sostiene la existencia del hecho punible establecido en la Ley 2.523/2004.

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En este sentido, propuso la siguiente solución jurídica: como el fallo impugnado adolece de notorios errores, en consecuencia, para la fiscala procede declarar la viabilidad del presente recurso de apelación.

Así las cosas, la representación fiscal solicitó al juez hacer lugar al Recurso de Apelación Especial interpuesto por ella, en el sentido de anular la sentencia definitiva N° 402 del 26 de noviembre de 2020, dictada por el Tribunal de Sentencia integrado por los jueces Juan Pablo Mendoza, Laura Ocampo y Fabián Weisensee.

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Pide otro tribunal

Además, la agente del Ministerio Público solicitó que el juez ordene el reenvío de la causa a otro tribunal de sentencia para la realización de un nuevo juicio oral y público contra los acusados.

La investigadora interpone el presente Recurso de Apelación Especial en virtud a lo establecido por el artículo 468 del Código Procesal Penal y es, recordemos, contra la sentencia que dispone absolver de culpa y reproche a Raúl Antonio Fernández Lippmann y Cristian Manuel León Guimaraes.

La fiscala asevera que el Tribunal no tuvo en cuenta algunas pruebas en contra de los acusados. Sin embargo, ella sostuvo que las pruebas existen y son “contundentes”.

Pruebas incompletas

Añadió que hubo una serie de circunstancias que no se debatieron al momento de juzgar al exsecretario del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM).

Por otra parte, alegó que la Contraloría General de la República (CGR) realizó solo de forma parcial el examen de correspondencia de los bienes de Fernández Lippmann, ya que nunca obtuvieron el informe que solicitaron al Banco Familiar, donde se registraron los mayores movimientos financieros del acusado.

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El jueves 26 de noviembre de este año, el tribunal de sentencia integrado por Juan Pablo Mendoza, Laura Ocampo y Fabián Weisensee resolvió absolver a Raúl Fernández Lippmann y Cristian León Guimaraes, acusados por supuesto enriquecimiento ilícito y lavado de dinero, el primero en carácter de autor y el segundo como cómplice.

Todos estos supuestos delitos fueron descubiertos tras la filtración de unos audios difundidos por ABC Cardinal a finales de 2017, en que el “partner” se aprovechaba de su cargo como secretario de Óscar González Daher en el JEM para hacer llamados y “mover” influencias a su favor, para beneficiarse ya sea económicamente o judicialmente, torciendo sentencias y procesos para sus amigos.