Dirección de Beneficiarios Finales anuncia simplificación de comunicación de las ONG

La Dirección General de Personas y Estructuras Jurídicas y Beneficiarios Finales (DGPEJBF), del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), anunció la simplificación de las comunicaciones que deben realizar las ONG ante la entidad.

La tecnología puede ser un aliado ideal en esta decisión tan importante.
Las ONG podrán comunicar al MEF a través de su plataforma y en un único trámite electrónico de presentación.

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El comunicado emitido en la fecha señala que la referida Dirección General simplificó las comunicaciones en los registros administrativos de las organizaciones sin fines de lucro (OSFL), a través de su plataforma y en un único trámite electrónico de presentación.

“En ese sentido, los anteriores trámites: ‘inscripción de Entidades sin Fines de Lucro’, ‘Comunicación de los Registros Administrativos de Personas y Estructuras Jurídicas’ y ‘Comunicación de los Registros Administrativos de Beneficiarios Finales’, quedan consolidados en el nuevo trámite: ‘Registro Administrativo de Organizaciones Sin Fines de Lucro-OSFL”, señala el comunicado.

Los requisitos y los tutoriales de apoyo se encuentran en la página web del MEF, apartado Tutoriales 4 y 7, añade el informe de la DGPEJBF.

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La entidad dependiente del MEF es la encargada de administrar el registro administrativo de personas jurídicas y estructuras jurídicas que operan en el país, creada por Ley N° 6646/2019.

Son sujetos obligados, además de las entidades sin fines de lucro u ONG, son las iglesias y las confesiones religiosas, las universidades, las asociaciones que tengan por objeto el bien común, las asociaciones inscriptas con capacidad restringida, las fundaciones, las cooperativas, sociedades anónimas, sociedades simples, entre otros.

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