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El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y la Corte Suprema de Justicia (CSJ) están trabajando actualmente en el proceso de implementación del nuevo registro unificado.
La Ley N° 7.424/2025 que crea el RUN fue promulgada por el Poder Ejecutivo en enero último, pero sigue generando críticas desde diversos sectores afectados.
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Florentín, en ese contexto, insistió en que la referida ley, que entrará en vigencia en enero de 2026, no fue analizada ni debatida, pero se aprobó en el Congreso por mayoría cartista.
El profesional formó parte del grupo exparlamentarios y técnicos agrimensores que en marzo pasado visitó la redacción de ABC, precisamente para señalar que la ley del RUN tiene inconsistencias y contradicciones en numerosos artículos, motivo por el cual pidieron a los congresistas derogar esta nueva legislación.

Ley afecta autonomía de los municipios
El profesional, en comunicación con ABC, reiteró su posición e insistió en que la ley afecta directamente a la autonomía política, administrativa y normativa de los más de 260 municipios del país, establecido en el artículo 5° de la Ley N° 3966/10, carta orgánica municipal.
Señaló que en el Art. 188 la ley del RUN establece: “Seis meses antes de la vigencia de la presente ley, la Dirección General del Servicio Nacional de Catastro y las Municipalidades entregarán a la Corte Suprema de Justicia copia autenticada de todas las informaciones, registros y archivos de las dependencias a su cargo”.
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Explicó que el problema para los municipios radica en la siguiente parte de lo redactado, que dispone que “con la entrada en vigencia de la ley, se entregarán los originales, a los efectos de que pasen a ser administrados por el Registro Unificado Nacional”.
A su criterio, es implica que cada municipio perderá su autonomía porque será despojado de todos sus planos originales, informes y cualquier información física de los inmuebles que administran.
“De este modo cada municipio quedará a la deriva. Haciendo una analogía sería el equivalente a desarmar a la policía nacional”,,afirmó Florentín.

Está en peligro la seguridad jurídica
Como si no fuera suficiente, añadió el profesional, en el mismo artículo sentencia que “solo serán de acceso público las copias que instrumenten actos, documentos o cualquier otro tipo de instrumento con una antigüedad mínima de ochenta años”.
En otras palabras, indicó el profesional, cada propietario común y corriente alejado del poder no podrá acceder a ninguna copia de su título, plano o informe pericial para defender su propiedad, si es que la misma se encuentra en peligro de ser arrebatada, solamente porque su título tiene menos de 80 años de antigüedad, por lo que el poder de turno, hoy el cartismo, decidirán cuál título de propiedad “es el verdadero y cuál es el falso”.
Al respecto, advirtió que esta situación pone en peligro toda la seguridad jurídica del país y futuras inversiones inmobiliarias.
Sostiene que si esta ley no es anulada, se viene un caos jurídico sin precedentes en el corto plazo, además de la aniquilación del derecho a cada propietario de defender su propiedad. “Y el Estado debe garantizar la libertad y la propiedad”, aseguró Florentín.
RUN surge de fusión de tres instituciones
El RUN se crea a partir de la fusión de tres instituciones: la Dirección General de los Registros Públicos, dependiente de la Corte Suprema de Justicia; la Dirección General del Servicio Nacional de Catastro, dependiente del MEF y el Departamento de Agrimensura y Geodesia, dependiente del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC).
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El nuevo registro dependerá de la Corte Suprema y está en proceso de ajuste para su implementación desde el próximo año.