PGN 2026: programarán subsidio solo para las ONG que rindieron cuentas

El decreto de lineamientos generales para la elaboración de los anteproyectos de presupuestos institucionales establece los requisitos que deberán cumplir las organizaciones sin fines de lucro (OSFL) para que sean incluidas en el proyecto de Presupuesto General de la Nación (PGN) 2026.

Una mujer estampa un sello en un documento.
La presentación de los informes de rendición de cuentas es uno de los requisitos que deben cumplir las ONG.Shutterstock

El viernes 25 de este mes, el Ejecutivo, mediante Decreto N.º 3813, iniciaba el proceso de programación, formulación y presentación ante el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) de los anteproyectos de presupuestos institucionales.

Los anteproyectos servirán de referencia para la preparación del proyecto de PGN 2026, que será presentado a consideración del Congreso a más tardar el 1 de setiembre.

El decreto de lineamientos dispone que las OSFL u Organizaciones No Gubernamentales (ONG) y los cuerpos de bomberos voluntarios del Paraguay, que reciban transferencias del Estado, deberán presentar ante las entidades aportantes los siguientes requisitos:

-Proyecto a ser ejecutado en el ejercicio fiscal 2026 con los recursos solicitados, el cual deberá incluir el organismo y entidades con que se relacionará misionalmente de acuerdo a la naturaleza de la OSFL establecida en sus estatutos sociales.

-El formulario de justificación de los montos programados, en el que se refleje la programación de los gastos del proyecto presentado, en el que se asignará hasta el 10% de los fondos para gastos administrativos y el saldo a gastos misionales y/o inversiones inherentes a los fines u objetivos para los cuales fueron creados.

-Se exceptúa de esto a los cuerpos de bomberos voluntarios, quienes se regirán por los porcentajes establecidos en la Ley N.º 6762/2021, “Que regula (n) la organización de las instituciones de Bomberos Voluntarios del Paraguay”.

Aguinaldo. Presupuesto
Las ONG tienen plazo hasta el 10 de junio para presentar sus documentos.

Fecha de presentación de documentos

Los documentos indicados deberán presentarse ante el organismo aportante a más tardar el 10 de junio de 2025, acompañado de una nota en la que se solicite la inclusión en el anteproyecto PGN 2026, las cuales deberán estar formalizadas con firmas electrónicas del o de los representantes legales.

Las OSFL que reciban aportes del MEF, en cambio, deberán realizar la presentación de los documentos a través del sistema Code Web, al cual le será asignado un número de expediente.

Los organismos y entidades del Estado, por su parte, deberán detallar, fundamentar y presentar al MEF los gastos relacionados con transferencias a OSFL, especificando el nombre de la entidad beneficiaria y el monto correspondiente, que serán de carácter referencial para la ejecución.

En caso de no verificarse los datos, los créditos serán reasignados a cubrir otros gastos dentro del presupuesto general.

El Ejecutivo dio inicio al proceso de elaboración del presupuesto 2026 y estableció los procesos a ser cumplidos.
El Ejecutivo dio inicio al proceso de elaboración del presupuesto 2026 y estableció los procesos a ser cumplidos.

Recursos para las que cumplen requisitos

El decreto dispone que el MEF, a través de la Coordinación de Obligaciones Diversas del Estado (Code), programará recursos únicamente para aquellas OSFL que cumplan con los siguientes requisitos:

1- OSFL que recibieron aportes en el ejercicio fiscal 2024: aquellas que hayan recibido transferencias, cerrado satisfactoriamente su rendición de cuentas correspondiente al ˙último aporte del ejercicio fiscal 2024, y presentado la documentación requerida para acceder a las transferencias del ejercicio fiscal 2025.

2- OSFL que reciben aportes del Estado por primera vez: aquellas que hayan presentado la documentación requerida para acceder a las transferencias en el presente ejercicio fiscal.

Además, el decreto señala que en ningún caso se programarán recursos en el anteproyecto del PGN 2026 para aquellos proyectos presentados por OSFL que no se encuentren incluidas en la nómina aprobada por Ley N.º 7408/2025 o que hayan renunciado a los aportes otorgados por la referida ley para el presente ejercicio fiscal.

Se exceptúa de esta disposición a los cuerpos de bomberos voluntarios, cuya programación se realizará de conformidad con los artículos 9 y 12 de la Ley N.º 6762/2021, “Que regula la organización de las instituciones de Bomberos Voluntarios del Paraguay”.

Unidad de Búsqueda y Rescate (SAR) del Cuerpo de Bomberos Voluntarios del Paraguay.
Unidad de Búsqueda y Rescate (SAR) del Cuerpo de Bomberos Voluntarios del Paraguay.

Subsidio previsto en presupuesto 2025

El presupuesto 2025 asigna subsidios a 114 organizaciones sin fines de lucro, u organizaciones no gubernamentales, por un total de G. 37.084 millones.

A este grupo se suman tres asociaciones de cuerpos de bomberos voluntarios que están en el presupuesto, con G. 19.588 millones, que será transferido por el Estado.

En total, los recursos asignados este año a las ONG y bomberos alcanza un total de G. 56.672 millones (US$ 7,4 millones al cambio presupuestado).

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