El proyecto de ley que establece el régimen de depósito de títulos de crédito originales y que modifica normas para la sustanciación de juicios ejecutivos ya cuenta con media sanción de la Cámara de Senadores y ahora queda en manos de Diputados.
Si bien el exdiputado, analista y asesor de gremios del sector privado, Sebastián Villarejo, indicó que la ley en líneas generales establece herramientas jurídicas para evitar que los pagarés ya reclamados vuelvan a utilizarse, señaló algunos puntos que podrían generar dudas.
Uno de ellos es que la misma establece un desequilibrio entre las responsabilidades del Juzgado que recibiere los títulos presentados y cuando los mismos son retirados, por una parte, ya que la misma asume la condición de depositario judicial con las debidas responsabilidades y obligaciones, pero ello no ocurre con el Poder Judicial cuando se encarga de la guarda y custodia.
En consecuencia, a los efectos de equilibrar las responsabilidades de los eventuales custodios, deberían el Juzgado (juez y actuario) asumir el cargo de depositarios judiciales de los títulos presentados y recibidos, con las anotaciones en los títulos originales de tal circunstancia", sostuvo.
Señaló además que en el art. 448 inc. f del proyecto de ley con media sanción se puede notar que no se halla incluida la factura cambiaria, la que se erigió en el nuevo título de crédito en nuestro ordenamiento jurídico, por medio de la sanción de la Ley N° 5.642/2021, que regula “el contrato de factoraje, factura cambiaria y el sistema electrónico de operaciones garantizadas”.
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Puntos del régimen de depósito de títulos de crédito
Villarejo citó los puntos que cree sería importante tener en cuenta para la aprobación del proyecto de ley en la Cámara de Diputados, que ya cuenta con media sanción en la Cámara de Senadores:
- Es fundamental que se redacten y aprueben leyes que sigan con el espíritu de encontrar soluciones a un problema real, donde la informalidad ha dañado de sobre manera a muchas personas.
- No se debe dejar de lado el problema de las asociaciones de empleados que descuentan porcentajes enormes del salario de los deudores, con extorsivos permisos voluntarios
- Es una ley importante, representa una decisión apropiada de la Corte Suprema, que requiere, además de esta ley, mayores decisiones operativas en lo que respecta a infraestructura y digitalización.
- El proyecto de ley, necesita también dar responsabilidades y obligaciones al Poder Judicial cuando los mismos quedan con los originales.
- El pagaré tiene más de 1.000 años como instrumento de crédito, se necesitan su agilidad, eficiencia, sencillez y eficacia, pero con parámetros fuertes que impidan su mal uso.
- Esta ley, con la debida implementación, podrá ayudar a que no existan dobles demandas o reclamos sobre los mismos documentos, es clave como la Corte en su acordada defina su reglamentación, porque si llenan de burocracia, la burocracia es sinónimo de mayor costo y muchas veces de corrupción.
- El paso real y necesario es el pagaré electrónico, lo cual ya se está avanzando dentro del Poder Ejecutivo y la Corte debe sumarse a ese esfuerzo.