Al respecto, Bernardo Rojas, representante del sector de los trabajadores ante la Conasam manifestó que hay antecedentes de años anteriores en los que se dieron reajustes por encima de lo establecido por el Índice de Precios al Consumidor (IPC).

El artículo 1° de la Ley 7564/16 establece que el Ejecutivo efectuará el ajuste a propuesta de la Conasam y en base a la inflación interanual que resultó en una variación del 3,6%, lo que equivaldría a un aumento de solo G. 100.739 y con lo cual el salario mínimo pasaría a G. 2.899.048.
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Sin embargo, los trabajadores no están conformes con este reajuste, que afirman no está acorde con el costo de vida actual, por lo que se mantienen en un pedido de aumento del 15% para recompensar la pérdida del poder adquisitivo.

La ley 7564 también dispone en los casos de profunda alteración de las condiciones macroeconómicas y financieras o de elevadas tasas de inflación, Conasam podrá considerar para la fijación del porcentaje del reajuste, otros datos financieros del BCP y el MEF.
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En base a este artículo, desde el sector obrero mantienen vivas las esperanzas de que el presidente Peña autorice un mayor ajuste. Hasta esta tarde, el Ejecutivo aún no emitió el decreto con los nuevos valores que deben regir desde la próxima semana.