El Art. 238/8 de la Constitución Nacional obliga al Presidente de la República que dé cuentas al Congreso en el inicio de cada período anual de sesiones sobre las gestiones que realizó e informarle de la situación general del país, así como de sus planes de gobierno.
Sin embargo, el miércoles último, el mandatario Santiago Peña, en la sede del Partido Colorado, una vez más ignoró al examinador que le señalaba el artículo constitucional de referencia y optó por informar primero a su padrino político, presidente de turno del Partido Colorado, tal vez por un excesivo respeto o simplemente por temor.
No obstante, esa decisión permitió a la ciudadanía confirmar sus temores, que “la rendición” de hoy sería tan tedioso y distante de las respuestas que necesita, como fue la del 2024 e inclusive la de los otros mandatarios que le precedieron en el cargo.
El sentido común dice que el acto en cuestión obliga a un gobernante no solo a informar sobre el uso de los recursos públicos, sino también a justificar qué hizo con ellos; además, fundamentalmente, a justificar la ejecución, aplazamiento o cancelación de un programa - o de varios - cuya realización había ofrecido al pueblo a cambio de su voto.
Viejo, pero justos reclamos en Itaipú y Yacyretá
No obstante, con la pretensión de obtener algún provecho de este ritual, nos atrevemos a plantear otra vez que el examen presidencial incluya información sobre los viejos pero justos reclamos paraguayos en Itaipú y Yacyretá a sus socios paritarios Brasil y Argentina, sobre la plena disponibilidad de nuestra energía en ambas hidroeléctricas y el justo precio por nuestro excedente energético.
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Además, está demostrado que la “diplomacia entre cuatro paredes” es estéril, que sus paredes son vulneradas con facilidad por los hackers de la contraparte, en este caso de Brasil. Que la participación del pueblo mediante constantes y genuinos informes sobre la marcha de las negociaciones es más productiva y eficiente, porque lo moviliza.
El numeral VI del Anexo C del Tratado establece que sus disposiciones serán revisadas 50 años después de la entrada en vigor del Tratado de Itaipú. El canje de sus instrumentos de ratificación, que marca el inicio de su período de vigencia, tuvo lugar el 13 de agosto de 1973.
El requisito principal para que la revisión tenga lugar, según el mismo numeral, se relacionaba con “el grado de amortización de las deudas que contrajo Itaipú para la construcción del aprovechamiento”.
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Canceló su deuda el 28 de febrero de 2023
Según la historia oficial, en un acto protocolar que se llevó a cabo en Hernandarias, los directivos de la entidad binacional y autoridades representativas de los gobiernos de nuestro país y del Brasil “celebraron la cancelación de la deuda contraída para la construcción de la central hidroeléctrica, con sus refinanciamientos y otros reajustes” tras el pago de la última cuota de US$ 115 millones”.
Al 28 de febrero de 2023, según la versión oficial, la entidad binacional, terminó de pagar una deuda de US$ 63.500 millones.
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Por consiguiente, el 28 de febrero del 2023 se cumplieron las exigencias para que los gobiernos “revisen” este documento constitutivo del Tratado; pero, por lo visto, medio siglo fue insuficiente para que las Altas Partes se preparen para revisar e inclusive enmendar el Tratado -entre las acepciones del vocablo revisar, figura también esa denotación -. Llamó la atención que el Paraguay, víctima de las asimetrías en el manejo de Itaipú, que inclusive optase en el 2024 y se desviase del objetivo.

El 9 de mayo de 2024, el gobierno paraguayo, casi un mes después de que los gobiernos llegaran a un acuerdo, reveló un nuevo documento, el de “Entendimiento entre Paraguay y Brasil sobre directivas relacionadas con la energía de Itaipú binacional”.
Decidieron contra el mandato del Tratado
El novedoso acuerdo se deslizó por una vertiente diferente a la que establecía el Tratado. Sus negociadores decidieron, contra un mandato del Tratado, imponer a la entidad binacional una tarifa superior a su costo.
La nueva tarifa, que ya no reflejaba el costo del servicio de electricidad de la binacional, fue elevado a US$ 19,28/ KWmes, con una vigencia de tres años inclusive (2024, 2025 y 2026).
El sobrecosto, según se aclara en el quinto párrafos del Entendimiento, que después del ejercicio 2026, “Las Altas Partes se comprometen a aplicar una tarifa que refleje únicamente el costo estricto de operación de la entidad binacional, previsto en el Anexo C ... sin incluir otros costos”.
El nuevo acuerdo no explica el destino que tendrá la recaudación que consiga Itaipú con el sobrecosto. Se supo que el gobierno brasileño utilizó su parte para beneficiar a usuarios con menores recursos de energía eléctrica, en tanto que el paraguayo, eludiendo controles parlamentarios inclusive, los asignó, por ejemplo, a la compra con sobreprecios de pupitres de origen chino.
Sigue sin fecha de reinicio de la negociación
En cuanto al Anexo C, el Entendimiento postergaba la fecha del 13 de agosto del 2023 al 31 de diciembre de 2024, la que de nuevo fue aplazada hasta el 30 de mayo último, también sin resultados.
Junio pasó y nada se sabe de una nueva fecha para que por fin se revise el Tratado, porque ante la irrupción en este escenario de un caso de espionaje, ordenado por gobiernos brasileños para escamotear informes varios, entre ellos los relacionados con la posición de las autoridades paraguayas sobre la tarifa de Itaipú, el gobierno paraguayo suspendió las negociaciones.
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El juego de las “inteligencias” no se aclara y, a pesar de que al Paraguay no le conviene quedarse en este callejón sin salida, específicamente en lo atinente a la renegociación del Tratado de Itaipú, sus actuales voceros explican que aún esperan una aclaración satisfactoria del incidente de parte del gobierno brasileño.