Dentro del proceso de consulta pública, el Banco Central del Paraguay (BCP), comunicó ayer que está disponible en su página web, la propuesta de actualización del “Reglamento de autorización para proveedores de servicio de inicio de pagos del Sistema de Pagos del Paraguay (Sipap)”.
Esta resolución establece normas y requisitos para los Proveedores de Servicios de Inicio de Pagos - PISP por sus siglas en inglés: “Payment Initiation Service Provider” que operan en el Sistema de Pagos Instantáneos, según explicaron desde la banca matriz.
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Primer efecto de la ley de Sistema de Pagos
Ni bien fue promulgada la Ley de Sistema Nacional de Pagos, el BCP ya avanzó con esta actualización en función a la atribución que le brinda el artículo 4° en su inciso d), “ de establecer los proveedores de servicios de pago y servicios de pago que quedarán sujetos a la regulación, control, supervisión y vigilancia del BCP”.
La polémica Ley de Sistema Nacional de Pagos fue aprobada en tiempo récord, lo que ha despertado muchas dudas en el sistema, además de preocupación por excesivas facultades que se otorgó al BCP para interferir en ciertos procesos.
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En su comunicado, la banca matriz detalló que dicha actualización se da justamente en atención al nuevo marco legal, por lo que señala que corresponde la incorporación de las entidades de tecnología financiera (Fintech) como proveedores del servicio de inicio de pagos; así como la actualización de los requisitos y reglas operativas que rigen a este servicio.
Explicaron que los PISP son proveedores de servicios financieros que facilitan el inicio de una transferencia de fondos desde una cuenta bancaria del usuario, sin necesidad de acceder a la cuenta bancaria en sí; desempeñando un papel importante en la promoción de la competencia y la innovación en los servicios de pago, al ofrecer a los usuarios una alternativa a los proveedores de servicios de pago tradicionales.
Fintech podrán prestar servicio de iniciadores
Según detallaron desde la entidad monetaria, las entidades de tecnología financiera – Fintech – definidas como entidades que realizan actividades que implican el uso y aplicación de la innovación y los desarrollos tecnológicos para el diseño, oferta y prestación de productos y servicios financieros pueden prestar el servicio de inicio de pagos, generarán con su participación en el ecosistema de pagos, ventajas comerciales al disminuir los costos transaccionales de manejo de efectivo, así como también sociales, al mitigar los riesgos de seguridad y traslado de las recaudaciones.
No obstante, aclararon que esta participación y las ventajas que ofrezca, es responsabilidad legal del BCP asegurar que los participantes en los sistemas cumplan con todos los requisitos de autorización, procedimientos y ciberseguridad, siendo los principales aspectos a ser regulados los siguientes:
- Procedimiento de autorización
- Requerimientos que deben contemplar los contratos de los PISP con los clientes
- Las reglas operativas de las solicitudes de inicio de pagos y las medidas tendientes al aseguramiento del cumplimiento de las reglas operativas.
- La disposición presta especial atención a las medidas de seguridad que los PISP deberán cumplir, enfocadas en seguridad de la información, ciberseguridad y prevención de fraudes, así como con los instructivos para los participantes del SIPAP.
El Directorio del BCP y la Sub Gerencia General de Operaciones Financieras (SGGOF) comunican que está disponible este reglamento en su página web (www.bcp.gov.py) para todos los interesados en participar en el proceso de socialización y revisión del nuevo proyecto para que tengan la oportunidad de aportar sus comentarios y sugerencias.