El llamado a Licitación Pública Nacional N° 13/2025 “Servicio de impresión de materiales educativos para los niveles inicial, educación escolar básica y educación media plurianual 2025/2026” (ID 463098) sigue generando polémicas respuestas del Ministerio de Educación y Ciencias (MEC).
Días pasados, el ministro Luis Ramírez, titular de la cartera, reconoció que en lugar de tener como factor preponderante el precio bajo junto a la experiencia, capacidad técnica y financiera de la empresa, ahora el MEC evalúa “múltiples criterios”, que terminan tienendo el mayor peso a la hora de la adjudicación. Esos factores son, por ejemplo, “responsabilidad social, voluntariado, donaciones, apoyo a instituciones de beneficencia”.
Ahora, ya está disponible en el portal de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) la insólita respuesta que dio la cartera ante la impugnación de casi todos los lotes adjudicados, en los que la convocante eligió a las ofertas más caras y por los que terminará pagando US$ 1 millón más.
La directora de Contrataciones del MEC, María José Carrillo de Lezcano, es la firmante del documento al que accedió ABC, junto al jefe de Asesoría Jurídica, Abog. Osvaldo Duarte. Carrillo aparece como responsable del escrito (Nota DC/MEC N° 536/2025), en el que se observan los puntos cuestionados dentro de la licitación.
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MEC sumó “peras con manzanas”, según protesta
El primer punto impugnado, según se lee, es existieron “tres formas diferentes de ponderación” en el llamado de referencia, incompatibles entre sí como para dar “un resultado total veraz” de evaluación, pues sumaron “peras con manzanas”.
De acuerdo con el escrito, esta situación ya fue advertida a la convocante a través de la consulta N° 3, mucho antes de la apertura de sobres, que se dio este setiembre.
Además de señalar vulnerabilidades del nuevo sistema de puntuación, también se advirtió de los vicios que violan la libre competencia y otros preceptos de la ley 7021 que rige las adquisiciones del Estado.
“Ya que solicitando en el PBC (los criticados requisitos), lo único que señala es un direccionamiento del llamado y que solamente las empresas que operan a mayor escala podrán presentar y hasta cumplir con los requisitos, limitando la participación del concurso para muchos oferentes, a lo que resulta contrario a los principios de las compras públicas”, dice el documento.
Cuestiona además que no tienen ningún puntaje la capacidad financiera, técnica y experiencia requerida, que normalmente son parámetros objetivos para evaluar si una empresa podrá efectivamente cumplir con su contrato. Pero que sí se puntuan, por ejemplo, la “sostenibilidad social” o la “cultura organizacional” y “responsabilidad social”.
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Evaluación “desigual e incoherente”
La impugnación también resalta que la Resolución de adjudicación N° 1427/25 constituye un “acto administrativo totalmente irregular, ya que fue dictada ponderando los criterios de evaluación de una manera totalmente desigual e incoherente, incluso omitiendo ponderar algunos criterios de evaluación principales (capacidad financiera, experiencia requerida, capacidad técnica), al no darle ningún puntaje que afecte al resultado final del a adjudicación. Además de ello, se ha degradado un criterio de evaluación principal (oferta económica), diluyéndolo dentro de otros criterios de evaluación secundaria para restarle valor. Criterios de evaluación secundaria a los que se les ha asignado un puntaje al azar, sin ninguna proporcionalidad al beneficio en valor dinero que recibiría el Estado Paraguayo por su inclusión en el puntaje total”, añade.
¿Qué respondió el MEC?
Lejos de responder por qué el MEC considera más importante la “responsabilidad social, voluntariado, donaciones”, según señaló el mismo ministro, que el precio más bajo y otros criterios objetivos para evaluar la capacidad de provisión de una compañía, en su descargo, la convocante trató de instalar la idea de que la culpa la tienen los propios oferentes.

“Extemporaneidad de la protesta y aceptación del PBC”, dice uno de los apartados del documento y señala que los oferentes, al participar de la licitación, aceptaron los términos y que, en este caso, no hubo una protesta contra las bases y condiciones, por lo que precluyó el derecho de reclamo, según el MEC.
“El Comité (de evaluación) señala que los cuestionamientos dirigidos a la metodología de evaluación prevista en el pliego de bases y condiciones resultan extemporaneos. En atención a que tales observaciones debieron plantearse en la etapa oportuna de impugnación del pliego, motivo por el cual el derecho a objetar se encuentra precluido”, dice el escrito.
“No obstante, debemos señalar que solamente le corresponde a la contratante (MEC) determinar cuál es el valor por dinero que pretende recibir y cuáles son los mecanismos para obtenerlo, mientras que el potencial oferente que se sienta agraviado debe protestar oportunamente los términos y condiciones”, añade, sin mencionar la cuestión de fondo, es decir, la explicación técnica de por qué se eligieron los insólitos parámetros de evaluación.
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Supuesta injerencia de asesor
Según información no oficial, el asesor del ministro, Hermann Weisensee, es una de las personas que determinaron los lineamientos de esta licitación, así como de otros procesos del MEC.
Si bien días pasados, Ramírez lo negó, ABC Color quiso conversar con Weisensee, pero no pudimos dar con él.
También quisimos conversar con la jefa de la UOC, María José Carrillo de Lezcano. La llamamos a su oficina en dos ocasiones, pero en ambas nos respondieron que ella no se encontraba.

Otras de las personas que, según fuentes internas, dispuso supuestamente a cuáles empresas adjudicar y cuáles no, es el director general de Administración y Finanzas, Alcides Santander. Al no poder ubicarlo, este diario le envió un correo.
Asimismo, los funcionarios que tienen responsabilidad jurídica en el proceso son los directores de área, miembros del Comité Evaluador: Nélida Amarilla, de Bienestar Estudiantil; Pedro Villalba Rodríguez, de Administración y Finanzas; Víctor Ramón López Amarilla, de Desarrollo Educativo.