El IPS informó que, por Resolución C.A. N° 070-024/2025, se autorizó la exoneración del recargo por mora para los empleadores.
El documento tiene fecha del 1 de octubre de 2025, en el que el Consejo de Administración autorizó a la Dirección de Aporte Obrero Patronal, dependiente de la Gerencia Administrativa y Financiera, exonerar el pago del recargo por mora.
La exoneración del 100% del recargo se da en la modalidad de pagos al contado de la totalidad de lo adeudado; y la exoneración del 50% en la modalidad de pagos parciales.
Dicha exoneración tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2025.
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Exoneración de recargo por mora de IPS
Detallan que la exoneración de recargos por mora se aplican a:
- Planillas normales
- Planillas complementarias
- Cuotas de Fraccionamientos de pagos vencidos e impagos
Para más información piden comunicarse con el Departamento Gestión de Cobranzas a la dirección de email info-cobranzas@ips.gov.py, al WhatsApp 0961 578 216, o acudir a la oficina de Asunción ubicada en la calle Nuestra Señora de la Asunción 195, esquina Haedo, 2° Piso, Asunción, oficina de la Dirección de Aporte Obrero Patronal.