Estas son las principales actualizaciones del decreto que reglamenta la Ley de Concesiones

La concesión de Tape Porã, la única que se tiene actualmente y con el peaje más caro del país.
La concesión de Tape Porã, la única que se tiene actualmente y con el peaje más caro del país.Consorcio Tape Porã

El Gobierno introdujo cambios, tras 25 años de vigencia, en el decreto reglamentario de la Ley de Concesiones, que regula las concesiones de obras y servicios públicos. Según el MOPC se modernizan los procesos, fortalecen los controles y redefinen cómo se financiarán y evaluarán los proyectos de infraestructura. Buscan un nuevo escenario para la inversión privada, pero también plantea interrogantes sobre su impacto real en la gestión estatal.

El Poder Ejecutivo promulgó el Decreto N.º 4925/2025, que modifica varios artículos del Decreto N.º 11967/2001, reglamentario de la Ley de Concesiones de Obras y Servicios Públicos (Ley N.º 1618/2000).

La actualización, impulsada 25 años después por el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC), busca modernizar el régimen jurídico de las concesiones, “adecuándolo a los estándares actuales de contratación público-privada, con mayor eficiencia, transparencia y previsibilidad para el Estado y los inversionistas”.

Así explicó a ABC Rocío Calmejane, coordinadora de proyectos del MOPC, quien añadió que el marco vigente —con más de dos décadas de antigüedad— ya no respondía a las necesidades actuales del país ni a las exigencias técnicas y financieras de los proyectos de infraestructura contemporáneos.

“Un marco más dinámico para atraer inversión privada”

Calmejane señaló que el nuevo decreto se enmarca en un proceso interno de actualización institucional del MOPC, con el objetivo de ofrecer reglas claras y mecanismos ágiles para la gestión de concesiones.

Todos los beneficios, en un solo lugar Descubrí donde te conviene comprar hoy

“El objetivo es crear un entorno más dinámico, moderno y transparente para la inversión privada, fortaleciendo al mismo tiempo el rol del Estado como regulador y garante del interés público”, destacó.

El decreto mantiene la estructura general del reglamento anterior, pero redefine procesos como las fases de evaluación, los procedimientos de adjudicación y los mecanismos de revisión económica, además de precisar las condiciones para la transferencia o rescate de las concesiones.

Principales cambios introducidos

A continuación, los puntos más relevantes de la reforma, de acuerdo con la coordinadora:

  • Iniciativas Privadas (Art. 3)

El nuevo esquema incorpora dos etapas: Prefactibilidad y Factibilidad, los que permiten que los proponentes presenten estudios preliminares, sin asumir costos mayores desde el inicio. El Estado, por su parte, puede evaluar la pertinencia de cada proyecto desde su impacto económico y de política pública. Además se introduce una póliza de garantía del 1% del valor estimado del proyecto, para asegurar la seriedad de los interesados.

  • Aprobación del Pliego de Bases y Condiciones (Art. 4)

Se establece que la aprobación del pliego requiere dictamen del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), fortaleciendo el control interinstitucional y la coherencia financiera de cada concesión.

  • Fuentes de Financiamiento (Art. 7)

Ahora, la constancia de compromiso de financiamiento debe presentarse antes de la orden de inicio del contrato, y no antes de la firma. Esto garantiza que los proyectos entren en ejecución con respaldo financiero real y verificable.

  • Preselección y Calificación (Arts. 9 y 10)

Se modernizan los procedimientos de precalificación, priorizando la calidad técnica y una competencia efectiva entre oferentes. El puntaje deja de otorgar ventajas automáticas.

  • Suscripción y Contenido del Contrato (Arts. 12 y 13)

La concesión será otorgada por Decreto del Poder Ejecutivo y refrendada por el MOPC. Se incorporan más elementos obligatorios en el contrato, entre ellos:

  1. mecanismos de equilibrio económico-financiero,
  2. compensaciones,
  3. derechos de los usuarios. Esto aporta mayor previsibilidad y transparencia contractual.
  • Plazos y Revisión Económica (Arts. 14 y 18)

El cómputo de plazos se inicia al día siguiente de la firma del contrato. También se amplía el margen de revisión tarifaria hasta un 15%, lo que permite ajustar tarifas ante contingencias sin quebrar el equilibrio financiero del proyecto.

  • Transferencia y Rescate (Arts. 25, 26 y 28)

Se refuerzan las exigencias de solvencia del concesionario y se prohíben transferencias que generen cargas para el Estado. Además, se establecen mecanismos claros de indemnización en caso de rescate anticipado, reduciendo riesgos de litigios.

Una reforma para proyectos estratégicos, según MOPC

Calmejane destaca que el Decreto N.º 4925/2025 constituye una modernización significativa del sistema de concesiones en Paraguay, adaptándolo a los modelos de gestión de infraestructura utilizados en la región.

“Buscamos una gestión más ágil, transparente y eficiente, fortaleciendo la colaboración público-privada como herramienta clave para el desarrollo del país”, afirmó.

Con este nuevo marco normativo, el Gobierno espera viabilizar proyectos estratégicos, optimizar recursos públicos y consolidar la infraestructura como motor del crecimiento sostenible.