Ante presión de gremios, la SET cede y deja sin efecto la retención del IRP

La Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) finalmente decidió ayer dejar sin efecto la Resolución 119/2017 que establecía retenciones de los ingresos a contribuyentes del impuesto a la renta personal (IRP). Es a fin de evaluar los planteamientos de sectores afectados, alega un comunicado que emitió anoche Hacienda. Esto obedece al pedido de más de 60 gremios empresariales y las acciones judiciales promovidas desde distintos sectores.

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Aunque al principio se manejaba la posibilidad de una postergación de la medida, anoche la SET emitió sorpresivamente la Res. N° 120/2017 que deja sin efecto la cuestionada retención de salarios de los contribuyentes del IRP, argumentando la necesidad de una mejor evaluación de los planteamientos de los sectores afectados, como así también la adecuación efectiva de sistemas informáticos.

La nueva disposición advierte, sin embargo, que la Administración Tributaria está facultada a establecer la fecha a partir de la cual los agentes de retención deberán acatar la medida impositiva, por lo que no se descarta totalmente la implementación de las retenciones en los próximos meses.

La cuestionada Resolución 119/2017 debía entrar en vigor el 1 de setiembre próximo, pero faltando menos de 10 días para su aplicación todavía persistían dudas sobre su legalidad, lo que derivó en una presentación masiva de acciones judiciales. Ante esta situación, los representantes de más de 60 gremios empresariales nucleados por la Federación de la Producción, de la Industria, del Comercio y Servicios (Feprinco) insistieron el martes en que se aplace la vigencia de la citada norma.

Los empresarios, motivados por los dictámenes unánimes de abogados especialistas en la materia, solicitaron además al Ministerio de Hacienda realizar un mejor análisis del impacto que traerá esta medida tributaria en estas condiciones.

La disposición tributaria fue recurrida por 194 fiscales y cerca de 200 defensores públicos, a los que se iban a sumar también magistrados y el sector obrero. Se cuestionan las atribuciones de la SET para retener el salario sin que esta posibilidad esté expresamente autorizada en el Código Laboral.

Críticas a ministerio

Al respecto la autoridad competente en el ámbito laboral (Ministerio de Trabajo) en su Dictamen Nº 324 dio aval a la SET para disponer la retención del salario a los contribuyentes, justificando que la normativa no colisiona con el derecho relativo a la garantía que tienen los trabajadores del sector privado o público ni afectará al salario mínimo otorgado por la legislación.

En este sentido, varios profesionales especialistas en la materia laboral salieron al paso de dicho dictamen, cuestionando la posición del MT que dio un abierto apoyo a la Administración Tributaria en su intención de retener los salarios.

La abogada María del Pilar Callizo sostiene que esta apreciación ministerial es insostenible. “Justificar la legalidad de dicho impuesto argumentando que actualmente el rango incidido es superior al salario mínimo legal vigente, representaría condenar el salario futuro de los trabajadores”, sostuvo.

Dijo además que el dictamen pretende desvirtuar lo dispuesto en el artículo 240, inciso “e”, atribuyendo a la SET el carácter de autoridad competente, obligando así al empleador a realizar las retenciones. “Estamos frente a un dictamen sin fundamentos sostenibles y términos ambiguos que, lejos de contribuir a esclarecer la aplicación de la ley, produce mayor confusión”, expresó.

Por otra parte, el abogado Mario Paz Castaing también cuestionó el dictamen del MTESS, alegando que la retención pretendida es ilegal. “Es simplemente meter la mano en nuestros bolsillos”, sostuvo ayer el especialista desde su cuenta de Twitter.

También el abogado y exdiputado Sebastián Acha coincidió en que el concepto del dictamen del Ministerio de Trabajo es totalmente errado, ya que el artículo 240, inciso “e”, se refiere a obligaciones establecidas por resoluciones judiciales, y no es atribución para la SET.

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