Ley 5625, “traje a medida” para Tape Porã en la Ruta 7

La Ley Nº 5625/16, que autoriza al Poder Ejecutivo a modificar y ampliar en forma directa, sin licitación, el contrato de concesión por 30 años otorgado a la firma Tape Porã SA en la Ruta 7, rompería el principio de igualdad y libre competencia consagrado en la Ley 2051 de Obras Públicas.

/pf/resources/images/abc-placeholder.png?d=2061

Cargando...

La situación de la Ruta 7 “Dr. Gaspar R. de Francia” está causando preocupación en diversos sectores de la construcción. La Ley N° 5625/16, aprobada el 30 de junio de 2016 con la firma del jefe de Estado, Horacio Cartes, y los presidentes de la Cámara de Diputados, Hugo Velázquez, y del Senado, Mario Abdo Benítez, autoriza al Ejecutivo la modificación y ampliación del contrato de concesión a favor de Tape Porã SA para llevar a cabo los trabajos de duplicación de la Ruta 7 “Gaspar R. de Francia”.

En efecto, el Art. 3 de la citada ley autoriza la modificación del alcance del contrato de concesión por un plazo de 30 años en forma directa (sin licitación). El tramo a ser duplicado es de 113 km, comienza en el Km 183 (Dpto. de Caaguazú) y finaliza en el Km 296,8 (Alto Paraná), mientras que los trabajos de recuperación, adecuación, conservación, operación y explotación comprenden todo el trayecto, desde el Km 183 al Km 323, de la misma carretera.

Empresarios viales, que pidieron el anonimato por temor a represalias, señalaron que la citada ley rompería el principio de igualdad y libre competencia, consagrado en la Ley 2051 de Obras Públicas, y al no existir comparación de precios, se priva al Estado de elegir la oferta mas conveniente.

Subrayaron que las licitaciones dejarían de tener sentido, sentaría un peligroso precedente, demostraría que el trafico de influencia está vigente más que nunca y que los “lobistas” (conocidos en la jerga vial como “ordenanzas de lujo”) seguirán torciendo el brazo de los que toman decisiones sin importar pisotear las instituciones, normas y hasta las cuestiones técnicas.

Creen que se trata de privilegios reservados a un exclusivo grupo de empresas que integrarían la llamada “rosca vial”, que históricamente manejó el MOPC mediante un esquema perverso que a la fecha ningún gobernante se animó a revertir.

Tapé Porã está integrada por Conempa SA, con un 50% de participación (en que el padre del actual ministro de Obras, Ramón Jiménez Gaona, es accionista); Constructora Acaray SA, con un 20% de participación (integrada a su vez por Ocho A, del Ing. Luis Pettengill, y Concret Mix, del Ing. Rubén Darío Bogarín); Tecnoedil SA, del Ing. Rolando R. Tómboly, con 15% de participación; y Emprendimientos y Concesiones SA, representada por el Ing. Óscar Franco, con un 15%.

Para conocer la postura del MOPC al respecto hemos llamado insistentemente al vocero de prensa del ministerio, Óscar Ayala, para contactar con funcionarios responsables, y su secretaria dijo que nos llamaría, hecho que no se produjo. Quedamos atentos para una entrevista sobre este tema.

ccaceres@abc.com.py

Enlance copiado
Content ...
Cargando...Cargando ...