Más indicios de adulteración de documentos en el Indert

El testimonio de un perito confirma aún más las anomalías en torno a la finca 172 de San Pedro de Ycuamandyyú, cuya superficie fue agrandada solo en los papeles y comprada después por el Indert. Además, hay un listado de “beneficiarios” de las tierras adquiridas por el ente agrario que está lejos de las 300 familias que según la versión oficial viven en el lugar.

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El Instituto Nacional de Desarrollo Rural y de la Tierra (Indert) compró inmuebles que en realidad no existen, de acuerdo con una denuncia recibida por este diario, y todo indica que al agrandar en los papeles la dimensión del terreno, se creó ficticiamente una superposición con otra finca de la zona. Por eso, el argumento esgrimido días pasados por el Indert acerca de que en el lugar viven supuestamente 300 familias beneficiarias de las “tierras” no resulta convincente; a esto se suma que el listado de campesinos que se anotaron para recibir los lotes fue hecho con visibles anomalías.

Según el expediente, la finca comprada fue la 172 de San Pedro de Ycuamandyyú (San Pedro), que originalmente contaba con una superficie de 4.383 hectáreas, pero tras sucesivas ventas y desprendimientos, quedó solamente con poco más de 800 hectáreas. Sin embargo, a través de una mensura judicial, aparecieron 7.921 hectáreas, que después le vendieron al Indert por US$ 3,2 millones, en la administración actual de Justo Pastor Cárdenas.

A estos hechos que hemos estado publicando desde hace unos días con la documentación respaldatoria, se suman los datos brindados ayer por el agrimensor Carmelo Vera, perito de la última mensura judicial practicada en la colonia Barbero Cue (San Pedro). El profesional está en conocimiento del caso, pues al agrandarse en los papeles la parcela 172, esta pasó a superponerse con una fracción de Barbero Cue, cuya finca Nº 231, Padrón Nº 682, había sido donada al Estado paraguayo en 2012 (ver mapa).

Al respecto, el citado perito explicó que hay informes de Registros Públicos sobre las condiciones dominiales del inmueble de Barbero que hacen referencia a que esta propiedad en particular no tuvo modificación ni restricciones de dominio, desde 1888 inclusive.

Eso significa que tal superposición nunca existió, aunque en Paraguay es “normal” que aparezcan repentinamente títulos sobre las propiedades, según lo acotado. “Ya se volvió casi normal que en nuestro país aparezcan tierras producto de negociados. Como técnico de esa área, ¡cada cosa que encontramos de esta naturaleza!”, exclamó.

Pero aparentemente, no solo hubo producción de documentos públicos de contenido falso sobre la dimensión de las tierras vendidas al Indert, sino además, para justificar la adquisición se tuvieron que inventar beneficiarios inexistentes.

La documentación a la que accedió ABC indica que la única comunidad antigua en la zona es la llamada “Oratorio”, que se ubica en un área expropiada en 1989 por el IBR (que precedió al Indert) y por la que Cárdenas volvió a pagar en esta operación. Asimismo, se puede observar que el listado presentado de “beneficiarios” está compuesto por unas decenas de personas con datos dudosos.

Muchas de ellas no completaron siquiera su número de cédula de identidad, por lo que es difícil saber si realmente existen (ver nómina).

De acuerdo con los datos, quienes vendieron al Indert la finca 172 de San Pedro son supuestos herederos del propietario original, Saturnino Sosa, que se presentaron después de décadas a reclamar “derechos”. Hasta hoy no hemos podido contactar con estas personas.

Mensura en connivencia con ente agrario

La mensura irregular que hizo crecer en los papeles la finca 172 de San Pedro de Ycuamandyyú fue llevada a cabo ante el juez Guillermo Lezcano, quien días pasados en conversación con ABC, se lavó las manos diciendo que el solo se rigió por el trabajo del perito designado para la medición, Óscar Arnaldo Osorio Miranda, pese a que el Código Procesal Civil establece para las mensuras que el juez debe pedir la condición de dominio del inmueble a los Registros Públicos y que, en caso de dudas, debe rechazar la medición del perito o designar un profesional distinto (Art. 666 y 667).

Lo que el magistrado no nos contó es que Osorio es un agrimensor del Indert, que participó a pedido del Juzgado según oficio de agosto de 2012. Es decir, las anomalías fueron avaladas por el ente.

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