Las calles son del pueblo, no de la Policía

El último fin de semana se llevó adelante una manifestación ciudadana en el centro de Asunción, convocada por la organización denominada “Generación Z”, contra la corrupción y los abusos estatales. Sin embargo, la protesta social concluyó en la detención de 28 jóvenes luego de que la represión policial y las detenciones masivas y arbitrarias se hicieran presentes en dicha convocatoria, recordando tiempos pasados, en los cuales, manifestarse atentaba contra la doctrina de la “seguridad nacional”. Lo acontecido nos trajo a la memoria la famosa frase del tristemente célebre ministro de Educación de la dictadura, Carlos Ortiz Ramírez, quien acuñó la frase “la calle es de la policía”, para justificar una violenta represión durante una pacífica marcha ciudadana como la del último domingo. En verdad, pocos de quienes sufrieron aquella ignominiosa época habrán pensado que volverían a vivir una situación similar.

El último fin de semana se llevó adelante una manifestación ciudadana en el centro de Asunción convocada por la organización denominada Generación Z, contra la corrupción y los abusos estatales. Sin embargo, la protesta social concluyó en la detención de 28 jóvenes luego de que la represión policial y las detenciones masivas y arbitrarias se hicieran presentes en dicha convocatoria, recordando tiempos pasados, en los cuales, manifestarse atentaba contra la doctrina de la “seguridad nacional”. Lo acontecido nos trajo a la memoria la famosa frase del tristemente célebre ministro de Educación de la dictadura, Carlos Ortiz Ramírez, quien acuñó la frase “la calle es de la Policía”, para justificar una violenta represión durante una pacífica marcha ciudadana como la del último domingo. En verdad, pocos de quienes sufrieron aquella ignominiosa época habrán pensado que volverían a vivir una situación similar, justamente en momentos en que nuestras autoridades actuales quieren convencer en cualquier foro que en nuestro país reinan la democracia, los derechos humanos y el respeto a la libertad de expresión.

La manifestación y la protesta social son derechos humanos consagrados tanto en la Constitución Nacional como en los Tratados internacionales ratificados por el Paraguay. Constituyen una forma de expresión y, como tal, deben ser garantizadas por el Estado, respetando el derecho de toda persona a manifestarse libremente contra actos que considere injustos, sea esta protesta ejercida por una, dos, mil o diez mil personas. En ese sentido, el Estado debe arbitrar todos los medios a su alcance para armonizar el derecho a la protesta social buscando la menor afectación a derechos de terceros, pero siempre evitando reprimirla, puesto que, al tratarse de un derecho fundamental, no puede ser criminalizado por el Estado.

En esta línea, y luego de los hechos atroces cometidos durante las dictaduras en Latinoamérica contra civiles, en las cuales la protesta social era reprimida por la Policía y por los militares que tomaban las calles y las plazas públicas bajo la doctrina de la “seguridad nacional”, la Corte Interamericana de Derechos Humanos dictó varias sentencias estableciendo las obligaciones de los Estados de respetar y garantizar la protesta pacífica como derecho humano fundamental analizada a la luz del artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos referente a la libertad de expresión, y estableciendo que el uso de la fuerza policial en el marco de una manifestación debe ser legal, perseguir un fin legítimo, ser proporcional y absolutamente necesario; es decir, solo cuando la manifestación deja de ser pacífica.

Es por ello que el Tribunal Interamericano, que casualmente estuvo de visita en nuestro país hasta 24 horas antes de que se desatara la furia policial en las calles, estableció que el término de violencia, a los efectos de determinar cuándo una manifestación deja de ser pacífica, se entiende cuando la misma pone en riesgo la vida de terceros, atenta contra la libertad o contra la integridad física de otras personas. Hasta donde se sabe, nada de esto ocurrió en la marcha del fin de semana; no obstante, tanto la temible Policía Montada como las cachiporras salieron a las calles a recordar, como antes, que “manifestarse es un crimen”.

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Resultado de este abuso policial, las detenciones masivas, conocidas como “razzias” en el campo internacional de los derechos humanos, irrumpieron contra el derecho a la libre circulación, la manifestación y la protesta social, los derechos procesales, el derecho a la libertad física y la integridad personal de 30 jóvenes que terminaron en la Agrupación Especializada a merced de la fuerza pública y sin ser puestos inmediatamente ante un juez que decida sobre sus derechos y sus libertades.

Recién el lunes, bordeando las 24 horas establecidas por la Constitución Nacional como límite para ser oído por una autoridad jurisdiccional, las personas detenidas fueron puestas en libertad, previo monitoreo de la situación por parte del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura (MNP), en el marco de su competencia emanada de los tratados internacionales ratificados por el Paraguay.

El MNP mencionó que entre las principales dificultades observadas se identificó la falta de garantía del derecho a la atención médica y la falta de órdenes fiscales que justifiquen las aprehensiones. Es más, entre los documentos que motivaron la apertura de una investigación fiscal contra los manifestantes por “hechos a determinar”, fueron filtradas fotografías de una investigación policial direccionada contra los manifestantes por parte de la Policía Nacional, que realizó un seguimiento sobre muchos de ellos con base en sus redes sociales.

Este actuar de la Policía Nacional dista de las funciones constitucionales de la institución, las cuales se ciñen a dos roles específicos: su labor preventiva, que se desarrolla de manera autónoma, y su labor investigativa, la cual únicamente puede llevarla a cabo bajo la dirección de un agente fiscal del Ministerio Público. Es decir, realizar actividades investigativas de seguimiento o control a personas individualizadas sin ser comunicadas previamente al Ministerio Público, no le está permitido a la Policía Nacional.

Pero lo más preocupante y que debe ser develado es quién dio la orden para la represión policial, quién ordenó que la fuerza de la Montada salga a desalentar el ejercicio de un derecho social como lo es una manifestación. ¿Quién dio la orden de detener, golpear y desmovilizar? Si esa va a ser la función que de ahora en más cumplirán los agentes Lince y, en general, la Policía Nacional, entonces garantizar el orden público ya no es su función, sino reprimir a civiles cada vez que reclamen lo que es injusto.

Este arbitrario actuar, restringiendo derechos fundamentales, debe ser investigado por el Ministerio Público a través de su Unidad Especializada en Hechos Punibles contra los Derechos Humanos. Saber quién dio la orden de violar tales derechos debe convertirse en una causa social, ya que limitar garantías tan importantes como protestar contra la corrupción y los actos arbitrarios de las autoridades estatales por medio del uso abusivo de la fuerza policial socava las bases de un Estado de derecho, vulnera derechos humanos y compromete la democracia.

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