El Indert niega intento de usurpar las tierras maká

Justo Cárdenas, titular del Indert, niega que el instituto tenga responsabilidad en un intento de despojo de tierras del pueblo Maká. Sostiene que la prioridad institucional es realizar una mensura judicial a fin de localizar las tierras maká. Por su parte, Andrés Chemei, cacique del pueblo Maká, afirma que el Indert es responsable de no entregar el título de propiedad.

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La oficina de prensa del Indert remitió una nota a la redacción de ABC Color, con referencia a los artículos periodísticos sobre el reclamo maká de titulación de sus tierras.

El documento expresa: “A partir de la asunción del actual gobierno, la administración del presidente del Instituto Nacional de Desarrollo Rural y de la Tierra (Indert), Lic. Justo Cárdenas, lleva adelante todos los pasos técnicos y jurídicos, a nivel interno y en coordinación con otras instituciones, especialmente el Instituto Nacional del Indígena (Indi), para reivindicar las tierras de la parcialidad Maká ubicada en la zona conocida como colonia José Falcón, departamento de Presidente Hayes, de 335 hectáreas, y la isla San Blas ubicada en el río Paraguay, frente a Remansito”.

Agrega que “siempre ha habido y existe la mejor de las predisposiciones para llevar a buen puerto la problemática de las tierras de los maká, y la actual administración sigue trabajando para lograr que las mismas lleguen a sus verdaderos destinatarios, dentro del marco del respeto a la propiedad privada consagrada en nuestra Constitución Nacional”.

Sigue diciendo que “en fecha 04 de abril de 2016, el periodista Roque González Vera suscribió una nota en el diario ABC Color que titulaba “Acusan a Indert de actuar en forma contradictoria” con relación a la Resolución P. Nº 4124/12 “De declarar con mejor derecho de adjudicación a la empresa Puerto Belaieff SA”.

Señala asimismo que “la misma fue revocada por contrario imperio, ya que adolecía de varias irregularidades. En primer lugar, la declaración con mejor derecho de adjudicación a una persona jurídica, quien no es sujeto beneficiario del Estatuto Agrario, como lo establece el artículo 2 de la Ley 2531/2004, que modifica el artículo 17 del Estatuto Agrario”.

Verificación de la isla

Menciona el documento que “luego de haber realizado un estudio jurídico minucioso, se puede encontrar que el expediente N° 809540/2012 presenta varias irregularidades: primeramente, el Sr. Víctor Brizuela se presentó el 03 de diciembre de 2012 a solicitar la compra, arrendamiento, concesión o la figura que pueda contemplar la ley para el uso en alguna modalidad de una isla”.

Sostiene que “el comisionamiento de funcionarios del ente rural se realizó en fecha 18 de diciembre de 2012, pero se le declaró con mejor derecho para una adjudicación en fecha 05 de diciembre de 2012, solo dos días después de la presentación a la firma Puerto Belaieff SA, sin siquiera realizar la verificación de la ocupación real de la isla, cuya comisión está fechada con posterioridad”.

Señala además que “igualmente, no obra en el expediente ninguna solicitud por parte de la firma Puerto Belaieff SA, lo que hace aún más llamativo su declaración con mejor derecho”.

“En ningún momento se presentó la comunidad maká –sigue diciendo– a solicitar dichas tierras, como alegan, ni presentaron documentación alguna que indique que la comunidad maká conformó una sociedad anónima con la citada denominación”.

“En fecha 07 de febrero de 2014, el entonces presidente del Indi, Jorge Servín, presentó ante el Indert la postura institucional sobre los reclamos de la comunidad maká”.

Agrega que “en lo que refiere al poder especial otorgado por Andrés Chemei al señor Ricardo Carrasco se lee: “Los pueblos indígenas pueden otorgar poder a cualquier profesional abogado o no, para representarlos ante cualquier entidad pública o privada para defender sus derechos, bajo la salvedad que lo harán conforme a los principios establecidos en la Constitución Nacional, los Convenios Internacionales y demás leyes nacionales que les favorecen o protegen. Desde este punto de vista ningún líder comunitario puede otorgar poder a persona alguna a disponer de las tierras comunitarias tal como lo habría hecho Andrés Chemei a favor de Pedro Carrasco, fundado en un supuesto acuerdo de ‘consorciamiento’ entre la comunidad y el señor Carrasco”.

El Indert niega categóricamente estar detrás de ningún despojo, como refiere la citada nota.

En próximo artículo, finaliza documento del Indert.

roque@abc.com.py

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