Empresario recurre al Tribunal de Cuentas en afán de explotar playas

El empresario Afara Salomón recurrió al Tribunal de Cuentas y solicitó una medida cautelar para explotar comercialmente las playas Rotonda y Ciclovía de San Bernardino. La Junta Municipal anuló el contrato en octubre último.

/pf/resources/images/abc-placeholder.png?d=2061

Cargando...

SAN BERNARDINO, Cordillera (Desiré Cabrera, de nuestra redacción regional). Afara Salomón Carrasco solicitó una medida cautelar de nulidad al Tribunal de Cuentas, con el objetivo de validar el leonino contrato para la explotación de las playas Rotonda y Ciclovía de esta localidad. La segunda sala en lo contencioso administrativo, presidida por la jueza María Celeste Jara Talavera, debe dictaminar al respecto.

La Municipalidad, administrada por Luis Aguilar (PLRA), firmó el 12 de julio de este año el contrato con Salomón Carrasco para el usufructo en carácter de “exclusividad” de las playas por cinco años, hasta 2023. Las críticas de la ciudadanía no se hicieron esperar y la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas emitió un dictamen en contra, argumentando la violación de leyes con la firma del convenio al no realizar un llamado a licitación.

Finalmente, la Junta Municipal se vio obligada a emitir la Resolución 127/2018 el 20 de octubre, mediante la cual retira la autorización y, en consecuencia, dispone la rescisión del contrato suscrito por el intendente Aguilar y Salomón Carrasco.

En el contrato anulado se establece que el empresario debe pagar G. 2.600 millones por la explotación de las playas públicas Ciclovía y Rotonda, de los cuales G. 500 millones deben ser en efectivo; G. 1.000 millones en inversiones en infraestructura física (no se especifican las obras) y G. 1.100 millones en la organización de eventos.

Uno de los puntos más bochornosos del contrato es que el primer pago, de G. 250 millones, la empresa lo hará recién en abril de 2021 (un año después de que termine el periodo de gobierno de Aguilar) y el saldo en dos cuotas de G. 125 millones, en 2022 y 2023.

El artículo 5°, inciso “i”, señala que la compañía podrá solicitar resarcimiento por los gastos generados por las construcciones hechas, “dependiendo de la naturaleza del bien incorporado”. También podrá pedir indemnización en caso de rescisión anticipada del contrato por la Municipalidad.

La institución comunal no realizó licitación para la concesión de explotación de playas. Aguilar dijo que no recurrió al procedimiento establecido por ley “porque nadie se presentaría, y estas oportunidades deben ser aprovechadas”.

Enlance copiado
Content ...
Cargando...Cargando ...