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El intendente Holger Bergen señaló que la empresa no presentó planillas ni boletos ante la municipalidad, incumpliendo la Ley 620/76, que establece el régimen tributario para las municipalidades del interior del país y que determina en su artículo 67 un impuesto del 3% sobre la boleta.
Indicó que también la Ley Orgánica Municipal 3966/2010, en su artículo 152, inciso k, establece un impuesto al transporte y se notificó a la empresa, que apeló y demandó a la Comuna ante el Tribunal de Cuentas. Para el intendente Bergen la demanda no tiene sustento legal, ya que es un impuesto creado por ley.
Sin embargo, el jefe regional de NASA Silvio Espínola señaló que la municipalidad esta reclamando un monto de G. 2.450 millones que la empresa considera una “obligación tributaria municipal inexistente“, señalando que IVA ya grava la prestación de servicios, incluido el transporte de bienes y personas. Alegó además, entre otras, que el cobro de impuestos de transporte colectivo de pasajeros y al boleto quedo con la Reforma Tributaria exclusivamente bajo la autoridad de Hacienda.