El tribunal de sentencia estuvo conformado por Nilda Giménez, Alba González y Mesalina Fernández. Las dos primeras juezas votaron por la pena de 4 años y 5 meses, mientras que Fernández, en minoría, quiso una pena de 2 años con suspensión de la ejecución de la condena.
En octubre prescribe la causa.
La Corte Suprema le suspendió en el ejercicio de su profesión a la escribana Riquelme Bareiro, quien tiene asimismo otras investigaciones por supuesta mala praxis.
Riquelme Bareiro no irá a la penitenciaría hasta que la pena quede firme.
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La fiscala Viviana Patricia Riveros había acusado a la escribana por producción mediata de documentos públicos de contenido falso, uso de documentos de contenido falso y estafa.
Según la acusación, la escribana otorgó la escritura pública N° 80 del 10 de octubre de 2007, y realizó la inscripción en la Sección Poderes del Registro Público.
En esta escritura consignó falsamente que Niño Benítez concedió poder especial para transferir su propiedad de la localidad de Teniente Esteban Martínez de 1.211 hectáreas, a favor de Gerardo Pérez, sin que el documento tenga siquiera la firma del dueño del inmueble.
Benítez (quien falleció durante la tramitación del proceso penal), tuvo conocimiento que su propiedad ya no le pertenecía cuando su hija Segunda Bárbara Benítez le dijo que el inmueble ya estaba a nombre de Inocencia Rojas Reyes viuda de Álvarez, a quien ambos no conocían.