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La acusación refiere que la causa se inició a raíz de una denuncia remitida por la comisaría de Limpio el 11 de enero pasado, sobre los maltratos sufridos por el niño de 10 años, por parte de la directora del hogar La Compasión.
Indica que a raíz de esta situación el chico huyó del local y fue rescatado por vecinos. Según la acusación, en aquel momento el niño “tenía moretones y rastros visibles de la agresión, lo cual pudo ser corroborado con el diagnóstico médico respectivo”.
Ruiz Díaz destaca que también el informe social victimológico da cuenta de los padecimientos sufridos por el niño. Específicamente, el informe referido hace la siguiente sugerencia: “se considera recomendable que el mencionado no tenga ningún tipo de contacto con Damaris González, pues la misma podría desestabilizar emocional y/o psicológicamente al mencionado”.
Cabe resaltar que el propio niño relató con detalles los apremios sufridos en el abrigo, por parte de la ahora acusada.
“Todos los días nos maltrataba, por eso me escapé del hogar. Me quería meter a una pieza para pegarme con cinto, y ahí me escapé, entré en una casa de un abogado y me pasó a la otra vecina. Justo ese día vino mi mamá y le mostré mi nalga, estaba toda sangrada. Con una tablita me pegó Damaris.
También me pegó por mi cara con una zapatilla, se quedó la marca. Me pegó con una tabla en la cabeza. Una vez casi me metió en el water”, afirmó en su entrevista con la psicóloga.
“Con respecto a la reprochabilidad de la conducta, y su capacidad cognitiva, no existe ningún elemento que permita suponer la ausencia de conocimiento de que la misma les estaba prohibida, ni la ausencia de capacidad de conocer la antijuridicidad y de determinarse conforme a ella”, sostiene la agente fiscal, al afirmar que no existe causal de justificación para la conducta que se le atribuye.
Negó los cargos
“No tengo conocimiento y niego categóricamente cada uno de los puntos en su denuncia”, declaró Damaris González, en ocasión de prestar declaración indagatoria ante la fiscalía.
La procesada atribuyó la denuncia a una disputa por el litigio sobre la posesión del inmueble en que se encuentra el hogar, de 11 hectáreas.
González soporta otro proceso de maltrato a cargo de la misma fiscala, supuestamente sufrido por dos adolescentes del hogar.
Sanciones establecidas
El Código Penal, en su artículo 134, prevé las siguientes sanciones por maltrato de menores: “El encargado de la educación, tutela o guarda de un menor de 16 años que sometiera a este a dolores síquicos considerables, le maltratara grave y repetidamente o le lesionara en su salud, será castigado con pena privativa de libertad de hasta 2 años o con multa, salvo que el hecho sea punible con arreglo al artículo 112”. El art. 112 se refiere a lesión grave, cuya expectativa de pena es de hasta 10 años de pena privativa de libertad.