Una ambigua resolución del Jurado “blanquea” al fiscal masón Sánchez

A pesar de que reconoce incompatibilidades constitucionales y doctrinarias de las funciones de fiscal y de juez con la masonería, el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados rechazó en tiempo récord una denuncia contra el fiscal Édgar Sánchez, electo Serenísimo Gran Maestro.

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En solo 14 días, el Jurado rechazó la denuncia por mal desempeño contra Sánchez que promovió la señora María Alejandra Ottaviano, por candidatarse para el cargo de Serenísimo Gran Maestro de la Logia Simbólica del Paraguay.

La denuncia se realizó el 5 de noviembre de 2013 y el rechazo ya se consumó el 19 de noviembre del mismo año. La elección de la logia en que fue electo Sánchez se realizó el 7 de noviembre pasado.

Los miembros del Jurado José Raúl Torres Kirmser, Gladys Bareiro de Módica, Adolfo Ferreiro, Jorge Ávalos Mariño, Óscar Tuma, Adrián Salas y Enrique Riera sostienen que la masonería se encuadra en la actividad que corresponde a las asociaciones de carácter privado.

Sin embargo, está expresamente prohibido para jueces y fiscales, según el Art. 254 de la Constitución Nacional, ocupar cargos en asociaciones privadas o públicas, remuneradas o no.

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En su argumentación, el Jurado también hace referencia a que la masonería es una asociación cuasi secreta. El Art. 42 de la Carta Magna prohíbe las asociaciones secretas y paramilitares.

En el caso particular de la investigación contra Sánchez, le favorece que la denuncia no se realizó en el marco de una causa penal, sino fue dirigida contra su postulación.

Otro criterio utilizado por el Jurado para beneficiar a Sánchez es que los agentes fiscales no tienen el poder jurisdiccional de decidir en un litigio. Esta facultad les está otorgada a los jueces.

No obstante, el Jurado reconoce que la masonería puede afectar la imparcialidad e independencia de los jueces, e incidir en la objetividad de los agentes fiscales.

En una larga exposición doctrinaria, el órgano juzgador hace alusión a los problemas suscitados en la justicia de Europa, especialmente en Inglaterra e Italia, a causa de la injerencia de la masonería, y en la que se concluye que esta logia es incompatible con el ejercicio de la magistratura y el desempeño fiscal.

Las denuncias públicas o en voz baja son una constante en los tribunales. La mayoría de los abogados tienen temor a denunciar a los masones que utilizan sus influencias para torcer a su favor las causas. En la propia Corte, y en todas las instancias, se encuentran magistrados masones al servicio del “hermano”.

Incompatible con judicatura

“En Italia, las autoridades judiciales tuvieron que proceder contra la masonería al quedar patente la contradicción entre sus obligaciones masónicas y sus deberes como jueces independientes e imparciales. No cabe ampararse en el derecho a la vida privada para evitar confesarse masones, en el caso de los funcionarios públicos, dado que se trata de evitar conflicto de intereses”, refiere la doctrina europea.