Jubilación docente, “solo si se modifica ley”

Pedro Halley, gerente de IPS, indicó que para destrabar la jubilación de los docentes del sector privado se debería modificar la Ley 4370 o lograr la intervención directa del presidente de la República. Desde el 2011 los educadores privados esperan jubilarse.

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La Ley 4370/11 que otorga jubilación a los docentes de instituciones privadas no se cumple desde el 2011. El problema radica en que el Ministerio de Hacienda no acepta el cálculo presentado por el Instituto de Previsión Social (IPS) en concepto del subsidio que debe pagar por cada uno de los docentes nacidos hasta 1975, que precisan 25 años de aporte jubilatorio.

El gerente de Prestaciones Económicas del IPS, Pedro Halley, indicó que la manera de destrabar la jubilación de los docentes del sector es a través de la modificación de la Ley 4370 o a través de la intervención directa del Presidente de la República.

“Nosotros hicimos nuestra parte. Más no vamos hacer a no ser que se presente un anteproyecto para modificar la ley y se establezca con Hacienda un monto determinado para el subsidio. El artículo 6° de la Ley 4370 es claro: “El aporte jubilatorio a cargo del Estado, previsto en esta disposición, será actualizado con base en coeficientes o índices de revalorización a ser establecidos por el Instituto de Previsión Social”.

Halley reiteró que los cálculos iniciales de las primeras solicitudes de aporte estatal que presentó IPS fueron rechazados por Hacienda. “Aquí Hacienda no cumple o no puede cumplir con la ley. Por ello, la alternativa es cambiarla. Otra solución sería que el presidente de IPS, junto con el ministro de Hacienda, con acuerdo del presidente de la República, Horacio Cartes, elaboren una nueva fórmula de cálculo del subsidio estatal, que arroje otras cifras”, dijo. Halley advirtió que esa fórmula debe ser viable. “No puede ser una fórmula poco seria, pensada solo para caerles simpático a los docentes”, indicó.

Asimismo, agregó que algunos educadores de edad avanzada pueden jubilarse. “Actualmente, los docentes activos, de la tercera edad, tienen cuatro años de aporte. Algunos podrían jubilarse por intercaja si tienen aportes jubilatorios en otras instituciones. También por incapacidad, con solo tres años de aporte”, refirió.

Pedro Halley fue tajante al indicar que ningún docente del sector privado se va a jubilar sin completar los requisitos. “Ellos son trabajadores como todos, no son una casta privilegiada. Esta ley es una excepción que bien podría aplicarse a los trabajadores rurales o a los artesanos que no pueden jubilarse. ¿Porqué no podrían recibir también ellos un subsidio?”, opinó.

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