“El conocimiento se aprende”

Si el “conocimiento se aprende”, como afirma la diputada María Carísimo, significa que ella colocó en un cargo elevado a su nieta Zaida Rojas Domínguez (directora de la Comisión de Asuntos Migratorios de Diputados) a sabiendas de que no sabe nada de lo que ahí debe hacer, a pesar de ser licenciada con posgrado en “ma’érã”. El presidente de la cámara, Pedro Alliana también lo sabe, pero igual la nombró por otra cuestión que él y la diputada saben.

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También lo saben todos los demás diputados y si dicen que no es por cinismo, porque es vox populi que la diputada liberal recibió su parte de esta forma por apoyar al cartismo en la cámara. Y así, como este caso, fue recibiendo favores por cada voto a favor o en contra, ya que además de la nieta ubicó en otros cargos a sus dos hijos, una nuera, una hija y un sobrino.

La diputada fue perdiendo la compostura con el tiempo ya que cuando hizo nombrar al hijo que ahora es director de Minas y Energía el currículum del mismo se resumía en propias palabras de la madre en: “tereré tykuaha” (cebador de tereré). O sea, antes se preocupaba de justificar el ingreso a la función pública de un miembro de la familia con por lo menos una habilidad básica, en cambio por ahora los ubica en funciones con la promesa de que “ya aprenderá”.

Mucha gente sabe, tal vez algunos diputados también, que en el país rige la ley 5.295/14 que prohibe el nepotismo en la función pública. ¿Y qué es el nepotismo? Le recuerdo especialmente a la diputada Carísimo, que habrá sido una de las que aprobó la ley. 

“Se conoce como nepotismo a la predilección exagerada que algunos funcionarios en actividad que ocupan cargos públicos poseen respecto a su familia, allegados y amigos a la hora de realizar concesiones o contratar empleados estatales”.

Esto que usted aprobó, diputada, y si no la aprobó tiene igual la obligación de acatarlo, está prohibido porque es ley. Y toda ley debe cumplir con el requisito de la generalidad (“comprende a todos aquellos que se encuentran en las condiciones previstas por ella, sin excepciones de ninguna clase”).

El argumento de “mi nieta acaso no tiene derecho a trabajar” corresponde a otra ley donde se establece el derecho al trabajo para todos, pero su conducta (la suya, no la de ella) choca primero con la ley que le impide a usted y a Alliana nombrar a un familiar, y luego choca con la delicadeza personal de quienes ostentan la representación popular.

¿Acaso no está enterada de que la ley 5.295/14 le incluye a usted como impedida, “dentro del ámbito de su competencia, a nombrar o contratar en cargos o empleos públicos, a cónyuges, concubinos y parientes comprendidos hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad”? 

También debería saber que la ley vigente (porque fue objeto de chicanas para impedirla) establece como castigo por la violación de la misma una medida de “inhabilitación en el ejercicio de la función pública y la nulidad del acto jurídico”.

Claro, usted dirá a carcajadas como siempre, “y quién se animará a aplicarme esta sanción, si todos hacemos lo mismo”. Bueno, habría que preguntar que opinan sus hijos, nuera y sobrinos, a quienes nombró irregularmente, si están dispuestos a correr con lo que establece la ley: 

“El beneficiado con el nombramiento o contrato en contravención a lo dispuesto en la presente ley, será castigado con la misma pena prevista para el autor. Ambos, autor y beneficiado, serán solidariamente responsables de la devolución de los salarios cobrados indebidamente”.

Según comentan sus correligionarios, para usted ya no hay lugar en la próxima lista. ¿Qué hará si aparece aquí un juez como Sergio Moro mba’e? Por las dudas guárdese unos ahorritos.

ebritez@abc.com.py

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