Burlan Ley Electoral con jingles de candidatos

Con jingles musicales, posibles simpatizantes de políticos promocionan candidaturas fuera del periodo que establece la Ley Electoral. Además, incurren en violación de la propiedad intelectual porque utilizan conocidos temas y le adaptan una letra proselitista. 

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La Ley N° 834/96 Código Electoral, en su Art. 290, señala que en los comicios internos de los partidos políticos las propagandas electorales tienen dos plazos y están discriminadas: durante 60 días contados retroactivamente desde dos días antes de las internas previstas para el 17 de diciembre próximo. Rige para diarios, revistas, afiches e impresos en general. Es decir, desde el 16 de octubre hasta el 15 de diciembre. Y 30 días retroactivos para otros medios masivos de comunicación social (radio, TV y digital). Desde el 15 de noviembre al 15 de diciembre.

Para las generales, la propaganda (diarios, revistas, afiches e impresos en general) se extiende por 120 días (del 22 de diciembre al 20 de abril de 2018) y 60 días para radio, TV y digital (del 20 de febrero al 20 de abril).

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