Corte rechazó acción planteada por Chicharõ

La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, rechazó la acción planteada por el diputado suplente Carlos Rubén Sánchez Garcete, alias “Chicharõ”, contra su expulsión de los registros del Asociación Nacional Republicana (ANR).

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Los ministros de Corte e integrantes de la Sala Constitucional, Antonio Fretes, Miryam Peña y Gladys Bareiro de Módica, firmaron la resolución por la que la acción se rechazó “in limine”, es decir, sin que sea estudiado el fondo de la cuestión.

La ANR en el 2015, había resuelto expulsar de sus filas a Carlos Rubén Sánchez, por mandato del Tribunal de Conducta.

El abogado Marcial Valdez, el pasado 19 de julio, presentó una acción de inconstitucionalidad en representación de su cliente Sánchez Garcete.

El defensor atacó la resolución por la que expulsaron al diputado suplente y también un fallo del 2 de febrero pasado, dictado por el Tribunal Electoral Primera Sala de la Capital, que rechazó una demanda promovida por Sánchez, así como el A.I. N° 85, del pasado 12 de julio, que fue ratificado por el Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE).

El abogado de Chicharõ señala que con estas resoluciones lo que se quiere es truncar que su cliente participe de las próximas internas del Partido Colorado, ya que Sánchez Garcete tiene aspiraciones de pugnar por una candidatura en el departamento de Amambay.

También refiere que el Tribunal que los expulsó de la ANR, violó su derecho a la defensa ya que nunca fue notificado del trámite, solo le comunicaron su expulsión.

Pero los integrantes de la Sala Constitucional en su resolución hacen mención que en la presentación del diputado suplente no encontraron argumentos legales concretos a ser atacados.

Solo hay expresiones de disconformidad con la expulsión de las filas del Partido Colorado y que eso no basta para accionar.

No hay arbitrariedad

Los ministros también apuntan que no encuentran arbitrariedades en las resoluciones atacadas por el accionante.

“El impugnante no comparte los fundamentos de las mismas, pero esa discrepancia no resulta suficiente para considerarlas no motivadas o arbitrarias”, señala en una parte la resolución del alto tribunal.

Seguidamente los tres ministros resuelven rechazar la acción planteada por Carlos Rubén Sánchez, sin siquiera entrar a estudiar el fondo de la acción.

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