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La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia deberá decidir si estudia o no la acción de inconstitucionalidad planteada por la Contraloría General de la República (CGR) contra las sentencias de primera y segunda instancias que obligan al ente contralor a hacer públicas las declaraciones juradas de las más altas autoridades de la República de los últimos 20 años.
El ente presentó la acción luego de que el juez Rubén Riquelme y el Tribunal de Apelación Primera Sala de Asunción fallaran a favor del periodista Juan Carlos Lezcano, quien había accionado judicialmente ante las reiteradas negativas de la CGR a entregar la información que es pública.
La máxima instancia judicial debería rechazar in limine la acción planteada por los abogados de la Contraloría General, como ya hizo anteriormente en otros casos en los que instituciones públicas intentaron negar el acceso a la información pública.
Cuando el Grupo Impulsor de Acceso a la Información (GIAI) planteó una acción de inconstitucionalidad contra decisiones de primera y segunda instancias que favorecieron al Consejo de la Magistratura, la Corte rechazó sin estudio alguno la acción señalando que “no se trata de una tercera instancia para el estudio de cuestiones suficientemente debatidas en las instancias inferiores”.
En su acción, los abogados de la CGR, César Núñez Alarcón y Ricardo Rojas, no presentan un solo argumento nuevo sino que repiten las mismas falacias con las que intentan frenar la publicación de información pública desde hace meses.
La CGR ahora pretende que la Corte Suprema sea una tercera instancia a pesar de que los argumentos con los que insisten han sido rebatidos una y otra vez.
“No está en la ley”
Uno de los pobres argumentos utilizados por los abogados de la Contraloría para insistir en la no entrega de las declaraciones juradas es que las mismas son calificadas como información pública en la ley de acceso a la información. Textualmente se aferran al artículo 8 de la ley 5.282/14, pero parecen tener problemas de comprensión lectora, pues el título de ese apartado es “información mínima” y enumera toda la información que debe publicar de forma automática cualquier institución pública.
Además, insisten diciendo que las declaraciones juradas son “patrimonio documental privado de las personas”.
Las declaraciones juradas son información de índole patrimonial que constan en una fuente pública de información; esto es información pública.
Quieren juicios largos
Lo más grave de la acción planteada por los abogados de la CGR es que pretenden derogar la Acordada 1.005/15 de la Corte Suprema de Justicia, que establece juicios por la vía del amparo para violaciones del derecho al acceso a la información.
Textualmente, los abogados del ente contralor pretenden que quienes deban acudir a la justicia por negativas a sus pedidos de acceso a la información deban recurrir a juicios ordinarios, con plazos rigurosos, perentorios e improrrogables.
Básicamente, la Contraloría, al mando del imputado José Enrique García, pretende destrozar los avances que se han dado en el país para que el acceso a la información pública sea relativamente rápido, eficaz y gratuito.
Nunca en la historia del Paraguay se ha dado que la Corte Suprema de Justicia tache de inconstitucional una acordada de ella misma.
En caso de que la Sala Constitucional decida estudiar la acción planteada por la CGR, los ministros deberán separarse, pues ellos se encuentran incluidos en la solicitud original que derivó en la acción judicial.
La máxima instancia deberá ser conformada entonces por jueces de los Tribunales de Apelación.
Lo que no quieren mostrar
El Tribunal de Apelación Primera Sala ratificó el pasado 7 de junio la histórica sentencia que había dado en primera instancia el juez Rubén Riquelme. El magistrado había hecho lugar al amparo promovido por el periodista Juan Carlos Lezcano Flecha luego de que la CGR ignorara repetidamente las solicitudes de acceso a la información pública que había presentado para conocer las declaraciones juradas de quienes ocuparon los más altos cargos de la República entre 1998 y 2017.