L. Ynsfrán autorizó multimillonaria regulación de honorarios al Estado

El juez Linneo Ynsfrán, candidato del Senado a miembro de la Corte, autorizó la regulación de honorarios por unos US$ 4.000.000 al Estado, en los últimos años, siendo uno de los más beneficiados Francisco González, abogado del Banco Central. Este monto, sin embargo, solo incluye juicios contra el BCP. La cifra, adjuntando otros organismos, sería de US$ 86.000.000.

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Linneo Ynsfrán, miembro del Tribunal de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de la quinta sala, preopinó y autorizó la regulación de multimillonarios honorarios profesionales a abogados que representaban al Estado en juicios.

Nuestro diario accedió a doce resoluciones, en las que el monto total que se autorizaba a los letrados a cobrar al Estado, ascendía a G. 17.979.561.352 (unos US$ 3.600.000). Todos los juicios eran contra el Banco Central de Paraguay (BCP), y el abogado litigante en representación de la institución fue en todos los casos, Francisco González, exintegrante del equipo jurídico del BCP.

Con la regulación de honorarios, se registraba un doble cobro al Estado teniendo en cuenta que como funcionario del Banco, ya percibía un sueldo del Estado; pero por intervenir en los juicios nuevamente regulaba honorarios a la institución.

Esta situación podría estar enmarcada dentro de las prohibiciones constitucionales.

La Carta Magna, en su art. 105, señala que: “ninguna persona podrá percibir como funcionario o empleado público, más de un sueldo o remuneración simultáneamente, con excepción de los que provengan del ejercicio de la docencia”.

Otros casos

En diciembre del 2011, la Cámara de Apelaciones, de la mano del juez Ynsfrán, autorizó la regulación de honorarios contra el Estado, al abogado Daniel Acosta Talavera en el expediente Repsur CIAG SRL contra Conajzar.

El monto regulado asciende a G. 2.144.882.349.

En otro caso, sentenció al Estado a abonar la suma de G. 13.407.636.169 al abogado Jorge Gabriel Romero Martínez, en el expediente Estado Paraguayo contra Fundación Tesãi. Solo en estos dos últimos casos mencionados, el dinero que debe abonar el Estado a los abogados asciende a G. 15.552.518.518.

Existe una fuerte versión de una poderosa rosca conformada por abogados, jueces y hasta ministros de la Corte Suprema de Justicia para desangrar al Estado autorizando el pago de multimillonarios montos a abogados contratados para defender los intereses de la ciudadanía, pero que terminan succionando al Estado.

Según nuestras fuentes, el pago de honorarios regulados al Estado que pasaron por la Quinta Sala del Poder Judicial, cuyo miembro es el juez Linneo Ynsfrán, ascendería a unos 86.000.000 de dólares. En la mayoría de los casos el preopinante fue el Dr. Ynsfrán. Los otros integrantes de esta sala son los jueces Carmelo Castiglioni y Carlos Escobar Espínola.

Certeza constitucional

Los antecedentes mencionados llevaron a la Procuraduría General de la República y al Banco Central del Paraguay, a promover en el 2014 una acción de certeza constitucional sobre este tipo de regulaciones.

La máxima instancia judicial, en abril de dicho año emitió el acuerdo y sentencia número 185 que pone freno a la regulación de honorarios contra el Estado.

La sentencia de la Corte señala entre otras cosas que “en ningún caso pueden pretender perseguir el cobro de los honorarios regulados en las causas en que han entendido, contra los entes estatales en cuya representación han actuado ante los estrados judiciales”.

Ynsfrán fue elegido por el Senado el pasado 15 de abril para integrar la Corte, pero fue vetado por el Ejecutivo.

Resoluciones cuestionadas

En el 2010, la Corte Suprema de Justicia declaró inconstitucional un total de cuatro resoluciones del Tribunal de Apelaciones, Quinta Sala. En el 2011, otras dos resoluciones tuvieron el mismo destino. En el 2012 fueron cuestionadas cinco resoluciones y en el 2013, un total de cuatro resoluciones.

La ley establece como causal de enjuiciamiento tener solo dos resoluciones declaradas inconstitucionales en el lapso de un año judicial.

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