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Ingresos corrientes: Ingresos obtenidos de modo regular o periódico. En cuentas fiscales, se refiere a los ingresos tributarios y no tributarios que percibe el Estado.
Ingresos corrientes del gobierno central: Los ingresos corrientes se obtienen de modo regular o periódico y no alteran de manera inmediata la situación patrimonial del Estado. Se clasifican en ingresos tributarios y no tributarios.
Ingresos corrientes no tributarios: Están constituidos por recursos directamente recaudados (tasas por servicios) de los diferentes pliegos presupuestales, intereses por depósitos bancarios, canon y regalías petroleras, regalías mineras, transferencias de utilidades de empresas estatales, transferencias de los recursos al Fondo Especial de Administración del Dinero Obtenido Ilícitamente (Fedadoi), remanente de utilidades de empresas y recursos directamente recaudados por los diferentes pliegos presupuestales, entre los más importantes.
Fuente: Glosario de Términos Económicos. Banco Central de Reserva del Perú.