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Operación conjunta (Joint venture): Acuerdo entre dos o más partes para trabajar en forma conjunta en un proyecto. Asimismo, se refiere a la modalidad de inversión extranjera que implica la creación de una corporación, sociedad u otra unidad institucional en donde cada inversionista comparte el control legal sobre las actividades de la unidad.
Operación de descuento: Se trata del anticipo que se otorga al tenedor de un título de crédito por el importe de un documento, previa deducción de determinada cantidad por concepto de intereses calculados sobre el valor nominal del documento y por los días que median entre la fecha que se lleva a cabo el descuento y su vencimiento.
Operación de redescuento: Es la operación mediante la cual se otorga un crédito a un tenedor de un título de crédito que ya ha sido descontado.
Fuente: Glosario de Términos Económicos. Banco Central de Reserva del Perú.