A diferencia de los seguros individuales, donde la relación contractual se establece directamente entre la aseguradora y cada asegurado, en la contratación colectiva interviene una figura central que es el tomador del seguro.
Esta modalidad se caracteriza por la existencia de una sola póliza que cubre a un conjunto preestablecido de personas (los asegurados), cuyos riesgos suelen ser similares dentro del colectivo. El objetivo principal es ofrecer una cobertura más accesible y, a menudo, más amplia que la que se podría obtener individualmente, tomando el promedio de edad y la dispersión del riesgo dentro del grupo. El tomador del seguro es la persona jurídica o física (por ejemplo, una empresa o una asociación) que contrata el seguro con la entidad aseguradora. Es el contratante principal y el responsable de la relación formal con la aseguradora. Los asegurados, por su parte, son los miembros del grupo colectivo cuya vida, salud o integridad está cubierta por la póliza.
El rol del tomador es crucial para la correcta administración y ejecución del seguro colectivo. Sus obligaciones son variadas y se extienden desde la etapa precontractual o de suscripción y hasta la gestión de siniestros. Interviene en la declaración del riesgo, proporcionando a la aseguradora la información completa y veraz sobre las características del grupo asegurable, incluyendo su composición, actividad y cualquier otro dato relevante para la evaluación y tarificación del riesgo. Tiene la obligación de informar a la aseguradora sobre los cambios en la composición del colectivo (altas y bajas de asegurados) de manera habitual, ya que esto afecta directamente la vigencia y el cálculo de la prima. Pero digamos que, su principal obligación económica es el pago de la prima acordada con la aseguradora, en la forma y plazo estipulados en el contrato.
Aunque la prima se calcule sobre la base de los riesgos individuales del colectivo, el pago de la prima total es responsabilidad del tomador, salvo pacto expreso en contrario que derive esta responsabilidad parcial o totalmente a los asegurados.
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Se ocupa a su vez de entregar el certificado de cobertura informando de esta manera a cada uno de los asegurados sobre la existencia del seguro, la extensión de las coberturas y las condiciones generales y particulares que les aplican. El certificado es un documento que acredita su incorporación a la póliza colectiva y detalla sus derechos, los riesgos cubiertos, el capital asegurado y la identidad de los beneficiarios.
En la gestión de siniestros, el tomador actúa como un verdadero intermediario en la gestión y tramitación de los siniestros. Recibe los avisos de siniestro de los asegurados o sus beneficiarios y lo transmite a la aseguradora en los plazos establecidos, colaborando con esta en la recopilación de la documentación necesaria para la liquidación de las prestaciones.
Su rol se acentúa también en mantener el vínculo que define al grupo colectivo (por ejemplo, la relación laboral), ya que la póliza colectiva está condicionada a la permanencia en dicho grupo y en caso de cese de la relación (por ejemplo, desvinculación laboral), debe informar al asegurado sobre las opciones, para la continuidad del seguro pero de manera individual, de tal forma a que pueda mantener, si desea su cobertura.
Así, vemos que es muy importante la función del tomador, en tanto, el incumplimiento de sus obligaciones puede acarrear consecuencias serias, como la suspensión de la cobertura por impago de la prima o la oposición de excepciones por parte de la aseguradora en caso de siniestro debido a una declaración inexacta o reticente del riesgo.
En esencia, el tomador funge como el custodio de la póliza y el garante de que los beneficios del seguro colectivo lleguen efectivamente a los asegurados.
Existe una sola póliza
Esta modalidad se caracteriza por la existencia de una sola póliza que cubre a un conjunto preestablecido de personas.
(*) Abogado