Hacia el año 2023, medio siglo después

- En el año 2023 se cumplen cincuenta años desde la entrada en vigor del Tratado de Itaipú y las expectativas suben de tono. Para no pocos es la oportunidad de corregir el asimétrico acuerdo que secuestró al Paraguay su soberanía energética.

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Sin embargo, el Anexo C del Tratado de Itaipú, que establece las bases financieras y de prestación de los servicios de electricidad determina en su parte VI, Revisión, que “las disposiciones del presente Anexo serán revisadas después de transcurrido un plazo de cincuenta años a partir de la entrada en vigor del Tratado, teniendo en cuenta, entre otros conceptos, el grado de amortización de las deudas contraídas por la Itaipú para la construcción del aprovechamiento y la relación entre las potencias contratadas por las entidades de ambos países”.

Entonces, cumplido medio siglo, se revisarán el nivel de amortización de las deudas contraídas y la potencia contratada que, de acuerdo con los cálculos, 93% corresponde al Brasil y 7% al Paraguay.

Conviene señalar que el Tratado de Itaipú, según el Artículo III, parágrafo 2º, en concordancia con el Artículo XXV, admite la revisión y modificación anticipada. Pero si la modificación anticipada no es realizada mediante acuerdo entre las Altas Partes Contratantes no “estará en vigencia”.

Respecto al “grado de amortización de las deudas contraídas por la Itaipú para la construcción del aprovechamiento”, en el Informe de Gestión de Itaipú 2014, en el teatro del Banco Central del Paraguay, el director general paraguayo James Spalding aseguraba que “para el 2023 la deuda de Itaipú será cero”.

También en las Notas Explicativas de los Estados Contables al 31 de diciembre 2015 y 2014 de Itaipú Binacional, el cronograma de pagos, préstamos y financiamientos a largo plazo con la Eletrobrás, Tesoro Nacional Brasileño y demás instituciones, está prevista la cancelación la deuda para el 2023.

No pocos especialistas, entre ellos el reconocido economista Jeffrey Sachs, advierten que la deuda de Itaipú ya debió estar saldada desde hace años.

En su edición del 24 de diciembre de 2015, el diario ABC Color informaba que el principal asesor económico de las Naciones Unidas, bajo suposiciones financieras razonables, advertía que “ya se ha pagado la totalidad de la deuda de Itaipú a través de la cesión de energía al Brasil a lo largo de más de 25 años; por consiguiente, las deudas aún pendientes en los libros deben ser canceladas por un nuevo tratado con Brasil”. El experto añadía, que “aún con las cifras absurdas que se manejaron a lo largo de los años, todos los pasivos de Itaipú ya debieron cancelarse por completo en 2008”.

Por su parte, la Contraloría General de la República había emitido un dictamen en el que declaraba la ilegalidad de la deuda.

El ente contralor afirmaba que el “arreglo de Brasilia y São Paulo de 1997” sumó al pasivo US$ 4.193,5 millones al vender electricidad a las empresas compradoras, entre 1986 y 1990, por debajo del costo del servicio de electricidad.

El ingeniero Germán Escauriza, jefe de la subcomisión de deudas de la Comisión de Entes Binacionales Hidroeléctricos (CEBH), ya advertía que consejeros y directores de Itaipú, con la complicidad de autoridades superiores de ANDE y Eletrobrás, vendieron potencia por debajo del costo, violando el Anexo C, acrecentando el pasivo hasta llegar a cifras absurdas.

- El perjuicio ocasionado a los consumidores por la irregular deuda, que aumenta en más del 60% el Costo del Servicio de Electricidad, se traduce en una tarifa muy cara, solo conveniente a la multinacional Eletrobrás. Un verdadero escollo para que la misión de Itaipú “… el aprovechamiento hidroeléctrico de los recursos hidráulicos del río Paraná …” cumpla con su objetivo de favorecer a los pueblos consumidores.

Itaipú es administrada como una empresa brasileña, con intervención de fachada de los funcionarios paraguayos. El desempeño histórico de nuestros representantes, desde los que negociaron el Tratado de Itaipú de 1973 y los que hoy conforman la alta gerencia, siempre fue funcional a los intereses brasileños.

La renta, como ingreso del aprovechamiento hidroeléctrico no está permitida. “El ingreso anual, derivado de los contratos de prestación de servicios de electricidad, deberá ser igual, cada año, al costo establecido en este Anexo”. La potencia debe ser contratada “con carácter permanente a disposición de la entidad compradora” según “los contratos de compra-venta de los servicios de electricidad”.

No obstante, los órganos de administración, en el proceso de consolidación de su poder, requerían disponer de alguna utilidad. Entonces desde el año 2002 deciden comercializar energía en vez de potencia.

Pero era menester más. Para lavar el dinero proveniente de la venta de la “energía adicional a la garantizada”, modificaron ilegalmente la misión de Itaipú a la que añadieron nuevos compromisos sociales y ambientales.

Los “Gastos sociales”, sumados a las deudas ilícitas y a otras exageradamente aumentadas, sirven no solo para mantenerse en el poder, sino también para seguir oxigenando hasta el año 2023 a la cuestionada Eletrobrás.

(*) juanantoniopozzo@gmail.com

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