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En este mismo sentido, el Poder Ejecutivo había argumentado su aprobación en que la limitación de la tasa de interés de los créditos era “para favorecer a los sectores más vulnerables de la sociedad, en defensa de sus derechos y sobre todo para asegurar que la ciudadanía tenga la suficiente información y educación sobre la utilización de este importantísimo instrumento financiero, que es de gran utilidad”.
El artículo 9 de la Ley Nº 5.476/15 dispone que “los intereses aplicables al uso de la tarjeta de crédito se sujetarán a lo establecido en las leyes y regulaciones específicas que rigen la materia y no podrán exceder tres veces el promedio de tasas pasivas promedio vigentes en el mercado”.
Aunque al inicio se planteó que el valor del promedio de depósitos en el sistema financiero con más de seis meses de colocación sea la tasa para las tarjetas de crédito, al final fue dejado sin efecto, quedando las aplicadas a cuentas corrientes y caja de ahorro a la vista, donde las tasas, en algunos casos, son del 0%. Si se consideraba la primera propuesta, la tasa de interés de las tarjetas de créditos podrían llegar al 30%, lo que aún sería rentable para las entidades financieras, pero al incluir cuentas corrientes en el cálculo, la restricción a la tasa fue mayor.
En julio de 2015, antes de la entrada en vigencia de la Ley de Tarjetas, la tasa de interés de los plásticos era en promedio de 40% y actualmente es del 14%.
En teoría, esta menor tasa de interés debió haber dinamizado el consumo por el abaratamiento relativo del crédito.
En este sentido, la ley de la demanda indica que cuando disminuye el precio (interés), la cantidad demandada aumenta. Esto sucedería bajo el supuesto que todo permanezca constante en la población de tenedores de tarjeta de crédito. Sin embargo, los datos revelan que la normativa habría tenido impactos profundos en la cantidad de tarjetas en circulación, principalmente entre los tenedores de plásticos de menores ingresos.
Pero no solo la Ley de Tarjetas afectó al consumo, sino que el fin del contrabando también fue otro factor que incidió en la mencionada situación.
En el primer escenario, muchas personas dejaron de tener tarjetas, ya sea por una cancelación voluntaria, o por la no renovación por parte de la entidad financiera. Esta última situación habría afectado, principalmente, a las líneas de crédito menores, hasta G. 6.000.000 aproximadamente. Aquellos que usaban estas tarjetas para financiar otras deudas habrían quedado sin un recurso de financiamiento importante.
En el segundo escenario, del fin del contrabando, con la unificación del tipo de cambio oficial y “blue” en Argentina, los productos provenientes del vecino país que se comercializaban en Paraguay se encarecieron. Estas dos situaciones terminaron incidiendo en un menor ingreso disponible para las familias, así como reduciéndoles la posibilidad de acceder al crédito formal y tener que enfrentar el encarecimiento de créditos en sectores financieros no regulados por el Banco Central del Paraguay (BCP).
A dos años de la implementación de la Ley Nº 5.476 “Que establece normas de transparencia y defensa al usuario en la utilización de tarjetas de créditos”, en esta primera entrega se analiza el impacto de la normativa con datos comerciales detallados de la evolución de compras realizadas con tarjetas de crédito antes y después de la ley, que si bien fue creada para favorecer al consumidor y las personas de menores ingresos, terminó afectando negativamente a estos y beneficiando a los de mayores ingresos, con tasas de interés menores.