Acusan a extitular del Indert por perjuicio de G. 40.000 millones

La fiscala Yolanda Portillo, la semana pasada acusó al extitular del Indert, por un perjuicio de G. 40.000 millones al Estado, mediante la venta ilegal de tierra de la Reserva del Mbaracayú, que es de la Itaipú. Ortigoza ya tiene otra acusación por un perjuicio de G. 47.000 millones, mediante la compra irregular de 5.000 hectáreas en Cordillera de la firma San Agustín. Además cuenta con tres imputaciones. Pese a todos estos antecedentes, el procesado continúa en libertad.

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El 10 de mayo de 2013 se presentaron solicitudes en el Instituto Nacional de Desarrollo Rural y de la Tierra –Indert– a nombre de Wilma Marina Fernández Mancuello, Manuel Fouz Trinidad, David Marino Chamorro López, Juan José Melgarejo Frutos y Luis Alberto Álvarez Giménez. En las notas dirigidas al entonces presidente del ente, Juan Carlos Ramírez Montalbetti, se solicitaron las reconstrucciones de los expedientes N° 3778/2008, N° 3771/2008, N° 3740/2008, N° 3742/2008 y N° 3732/2008.

Sin embargo, los expedientes cuyas reconstrucciones se pidieron nunca existieron. De esta manera, se afirmó falsamente que en dichos expedientes se habían realizado trámites para la adjudicación de lotes pertenecientes al Indert ubicados en el departamento de Canindeyú.

Los arriba mencionados, además, no reunían al momento de la presentación de las solicitudes de reconstitución, la calidad de beneficiarios de la reforma agraria. Pese a que no tenía esa calidad realizaron la presentación.

Wilma Fernández Mancuello, Manuel Fouz, Juan José Melgarejo y Luis Álvarez acudieron a la Secretaría General del Instituto Nacional de Desarrollo Rural y de la Tierra en junio de 2013 y firmaron los títulos definitivos mediante los cuales el Indert les cedió y transfirió en propiedad los lotes que le fueran adjudicados.

Las tierras que fueron tituladas a nombre de los acusados mencionados más arriba son de propiedad de la Itaipú Binacional y no pertenecen al Estado paraguayo, siendo las mismas parte del Refugio Biológico Mbaracayú.

Por su parte, David Marino Chamorro López en fecha 16 de setiembre de 2013 retiró el título original finiquitado Nº 217.524 del Indert, y firmó una copia del mismo como constancia para el Indert, y también firmó el libro de actas original utilizado para la entrega de títulos en fecha 16 de setiembre de 2013 y dejó agregada una fotocopia de su cédula de identidad.

Con esta presentación ante el Indert, por parte de los acusados se prueba que son ellos los que solicitaron a través de otras personas en el mes de mayo la reconstitución de expedientes que nunca fueron tramitados por ellos ante el Instituto de Desarrollo Rural y de la Tierra en el año 2008.

Mediante el título de propiedad Nº 217527 de fecha 4 de junio de 2013 se transfirió la propiedad del Lote Quinta Nº 1 de la manzana ampliación de la Colonia Canindeyú situado en el distrito de Salto del Guairá del departamento de Canindeyú, con 2 hectáreas a la señora Wilma Marina Fernández Mancuello, a pesar de que en la solicitud de reconstitución del expediente se afirmaba que lo solicitado y adjudicado a la misma era de 800 metros cuadrados.

Mediante el título de propiedad Nº 217525 de fecha 4 de junio de 2013 se transfirió la propiedad del Lote Quinta Nº 2 de la manzana ampliación de la Colonia Canindeyú situado en el distrito de Salto del Guairá del departamento de Canindeyú, con 2 hectáreas al señor Manuel Fouz Trinidad, a pesar de que en la solicitud de reconstitución del expediente se afirmaba que lo solicitado y adjudicado al mismo era un terrero con superficie de 800 metros cuadrados.

Mediante el título de propiedad Nº 217524 de fecha 4 de junio de 2013 se transfirió la propiedad del Lote Quinta Nº 3 de la manzana ampliación de la Colonia Canindeyú situado en el distrito de Salto del Guairá del departamento de Canindeyú, con 2 hectáreas a David Marino Chamorro López, a pesar de que en la solicitud de reconstitución del expediente se afirmaba que lo solicitado y adjudicado al mismo era de 800 metros cuadrados.

Mediante el título de propiedad Nº 217526 de fecha 4 de junio de 2013 se transfirió la propiedad del Lote Quinta Nº 4 de la manzana ampliación de la Colonia Canindeyú situado en el distrito de Salto del Guairá del departamento de Canindeyú, con 9613 metros cuadrados y 1772 centímetros cuadrados a Juan José Melgarejo Frutos, a pesar de que en la solicitud de reconstitución del expediente se afirmaba que lo solicitado y adjudicado al mismo era de 800 metros cuadrados.

Mediante el título de propiedad Nº 217557 de fecha 7 de junio de 2013 se transfirió la propiedad del Lote Quinta Nº 5 de la manzana ampliación de la Colonia Canindeyú situado en el distrito de Salto del Guairá del departamento de Canindeyú, con 825 metros cuadrados a Luis Alberto Álvarez Giménez, a pesar de que en la solicitud de reconstitución del expediente se afirmaba que lo solicitado y adjudicado al mismo era de 800 metros cuadrados.

Posteriormente, a la firma de los títulos por parte de Wilma Marina Fernández Mancuello, Manuel Fouz Trinidad, David Marino Chamorro López, Juan José Melgarejo Frutos y Luis Alberto Álvarez Giménez, estos, junto con la reconstitución de los expedientes fueron remitidos al Servicio Nacional de Catastro para su empadronamiento, habiendo sido empadronado e inscripto en la Dirección Nacional de los Registros Públicos el título de propiedad Nº 217524, en la sección inmuebles del Distrito de Salto del Guairá.

Los expedientes en los cuales se dieron las titulaciones de los mencionados Lotes (Nº 4865/13; Nº 4866/13; 4870/13; 4868/13 Y 4871/13) eran reconstituciones de expedientes que nunca fueron tramitados en el Indert. Los expedientes Nros 3778/2008, 3771/2008, 3740/2008, 3742/2008 y 3732/2008 no figuran en los archivos escritos ni informáticos de la Institución. Es decir, nunca existieron expedientes con estas numeraciones.

El expresidente del Indert Ignacio Luis Ortigoza Samudio firmó cinco resoluciones de adjudicaciones en diciembre de 2012 en expedientes que en realidad nunca existieron. Ortigoza refirió que tuvo a la vista, en cada caso dictámenes jurídicos inexistentes, los cuales supuestamente aconsejaban la aprobación del replanteo y partición de la Colonia Canindeyú del distrito de Salto del Guairá del departamento de Canindeyú.

Ortigoza firmó igualmente resoluciones de comisionamiento para que técnicos de la institución realicen relevamiento de datos e informen sobre la situación de los lotes.

También firmó el 27 de diciembre de 2012 la resolución P. Nº 6079 de fecha 27 de diciembre de 2012 mediante la cual aprobó los trabajos técnicos de replanteo y partición practicado por el jefe técnico, Lic. Feliciano Romero, sobre le Lote N° 1 Manzana ampliación de la Colonia Canindeyú, distrito de Salto del Guairá del departamento de Canindeyú de una superficie total de siete hectáreas quedando este fraccionado en 5 lotes: Lote Quinta N° 1 de 2 hectáreas, Lote Quinta N° 2 de 2 hectáreas, Lote Quinta N° 3 de 2 hectáreas, Lote Quinta N° 4 de 9.613 m2 y 1772 cm2 y Lote Quinta N° 5 y adjudicó en venta a favor de la señora Wilma Marina Fernández Mancuello el Lote Quinta Nº 1 Manzana ampliación de la Colonia Canindeyú, distrito de Salto del Guairá del departamento de Canindeyú, de 2 hectáreas.

Ortigoza firmó igualmente la Resolución 6080/12 de fecha 28 de diciembre de 2012 por la cual adjudicó en venta el Lote Quinta Nº 2 de la Manzana ampliación de la Colonia Canindeyú, distrito de Salto del Guairá de 2 hectáreas de superficie a Manuel Fouz Trinidad; Resolución P. Nº 6211/12 del 28 de diciembre de 2012 por el cual se adjudicó en venta a favor de David Marino Chamorro, el Lote Quinta Nº 3 de la Manzana ampliación de la Colonia Canindeyú, distrito de Salto del Guairá de 2 hectáreas de superficie; Resolución P. Nº 6212/12 del 28 de diciembre de 2012 por el cual se adjudicó en venta a favor de Juan José Melgarejo Frutos, el Lote Quinta Nº 4 de la Manzana ampliación de la Colonia Canindeyú, distrito de Salto del Guairá de 9.613 metros cuadrados y 1.772 centímetros cuadrados de superficie; Resolución P. Nº 6213/12 de fecha 28 de diciembre de 2012 por el cual se adjudicó en venta a favor de Luis Alberto Álvarez Giménez el Lote Quinta Nº 5 de la Manzana ampliación de la Colonia Canindeyú, distrito de Salto del Guairá de 825 metros cuadrados de superficie.

Con el dictamiento de las resoluciones, en expedientes que nunca existieron, Ortigoza benefició a personas que no reunían las condiciones para ser beneficiarias con la adjudicación de tierras del Estado y adjudicó propiedades que pertenecen a Itaipú y no al Estado paraguayo, dice la acusación de la fiscalía.

Los fiscales de Delitos Económicos, Silvia Cabrera, Alba Delvalle y René Fernández, en otro proceso aseguran que Luis Ortigoza adjudicó lotes fiscales con una superficie aproximada de 48.000 hectáreas ubicadas en la colonia Pablo Lagerenza del distrito de Bahía Negra, departamento de Alto Paraguay, y ocasionó un daño patrimonial de G. 14.144.795.000. Los doce beneficiarios de los lotes fueron también incluidos en la causa.

Este caso se suma a la acusación que presentó el fiscal René Fernández, en el caso de la compra de 5.000 hectáreas de tierra en Cordillera de la firma San Agustín. Además de Ortigoza, fueron incluidos el diputado liberal Milciades Duré, Arnaldo Jara, exadministrador de la firma San Agustín –vinculada al senador oviedista Jorge Oviedo Matto–, Justo Gamarra, la escribana Martha Roa, los peritos Víctor Luis Blanco Samudio y Mario Echeverría.

El Indert, según el escrito fiscal, adquirió 5.000 hectáreas de tierras en el departamento de Cordillera por un valor de G. 60.294.298.050. Sin embargo, estaban sobrefacturadas debido a que tenían un costo de G. 1.000 millones. Ya se pagaron G. 47.000 millones.

La otra imputación contra Ortigoza es por un perjuicio que asciende a G. 1.185.080.000. Adjudicó 4.000 hectáreas en el Chaco, que tenían un valor de G. 1.312.330.000 y solo se abonaron G. 127.250.000.

Otra imputación es por tentativa de estafa, por haber adjudicado a un árabe un lote de 10 hectáreas, que resultó ser un aeropuerto de Capitán Bado. Ali Hatem pagó apenas el monto de G. 5.119.323 por la propiedad que está situada a metros de la frontera.

Feliciano Romero y Juan Sosa, técnicos del Indert, fueron comisionados por Ignacio Luis Ortigoza para realizar en el lugar el relevamiento general de datos e informes sobre la situación de los lotes ubicados en el lugar denominado Colonia Canindeyú del distrito de Salto del Guairá, del departamento de Canindeyú.

Romero y Sosa confeccionaron y firmaron informes técnicos en cada uno de los expedientes. Sin embargo, sus aseveraciones no se corresponden con la verdad, es decir son falsas, puesto que las fracciones verificadas se encuentran dentro del Refugio Biológico Mbaracayú, propiedad de la Itaipú Binacional, y no pertenecen en propiedad al Estado paraguayo, tal como lo afirmaron en sus informes.

Los técnicos elaboraron cinco informes, todos de fecha 27 de diciembre de 2012, en los cuales afirmaban falsamente que se constituyeron en el lugar y que según datos técnicos del relevamiento realizado en la zona por los mismos, así como de los datos técnicos de las propiedades que corresponden a la Entidad Binacional Itaipú, la fracción de tierras no corresponde a ninguna propiedad privada, por lo que se puede inferir que es administrada por el Estado paraguayo.

Estos informes falsos elaborados por Romero y Sosa sirvieron de base para las resoluciones de adjudicaciones dictadas por Ortigoza.

Posteriormente, cuatro de los cinco títulos otorgados por el Indert fueron rechazados por el Servicio Nacional de Catastro, pero uno de ellos fue inscripto en la Dirección General de los Registros Públicos, el lote quinta número 3 de la manzana ampliación de la Colonia Canindeyú, situado en el distrito de Salto del Guairá del departamento de Canindeyú, inscripto a favor de David Marino Chamorro López. De esta forma se consumó el perjuicio patrimonial para la Itaipú Binacional que conforme a la extensión del terreno inscripto -2 hectáreas y al valor de las tierras en la zona en que se encuentra el Refugio Biológico Mbaracayú es de 8.440.000 dólares, aproximadamente G. 40.000.000.000.

Basado en el engaño se causó un perjuicio patrimonial a la Itaipú Binacional ya que tierras que le pertenecen en propiedad han salido de su patrimonio y han ingresado a la propiedad de David Marino Chamorro, sin contraprestación alguna para la entidad.

Andrés Francisco Argüello Román, en ese momento secretario general del Indert en el mes de mayo de 2013, luego de haberse presentado cinco escritos con pedidos de reconstitución de expedientes remitió directamente estos expedientes a la Dirección de Cobranzas y Cuentas Corrientes para el pago por parte de los beneficiarios del Indert, sin antes corroborar que esos expedientes solicitados se hallen efectivamente perdidos y sin verificar que se hayan tramitado en el Indert .

Por otra parte, Andrés Francisco Argüello omitió remitir los expedientes a la Asesoría Jurídica de la Institución, dependencia encargada de disponer la reconstitución de los mismos.

Con estas conductas anteriormente descriptas Andrés Francisco Argüello colaboró para que se sigan con los trámites que finalmente tuvieron como consecuencia la titulación a favor de Wilma Marina Fernández Mancuello, Manuel Fouz Trinidad, David Marino Chamorro López, Juan José Melgarejo Frutos, Luis Alberto Álvarez Jiménez, fracciones de tierras pertenecientes a la entidad binacional Itaipú.

Igualmente Andrés Francisco Argüello Román llevó personalmente para la firma, al entonces ministro –presidente interino del Indert– Dr. Juan Carlos Ramírez Montalbetti los títulos por los cuales se otorgaron en propiedad lotes a personas que no reunían los requisitos para ser beneficiarios de la reforma agraria, en los expedientes individualizados más arriba.

Asimismo previamente a la firma del presidente solicitó al señor Luis Alberto Reguera Rolón que los expedientes sean remitidos directamente a Secretaría General y en esa dependencia a su cargo, firmaron los cinco beneficiarios, personas estas que no tenían la calidad de beneficiarios de la reforma agraria y cuyas firmas tampoco fueron estampadas en solicitudes de reconstitución de expedientes.

Es decir se corrobora que Manuel Fouz Trinidad, Juan José Melgarejo Frutos, Luis Alberto Álvarez Jiménez estamparon su firma en el título en la Secretaría General de la institución, ya que allí se encontraban los expedientes en esa fecha, conforme a la nota interna donde consta la lista de títulos originales y duplicados con sus respectivos expedientes administrativos, para la firma del presidente remitidos a la secretaria general por parte del Departamento del Registro de Beneficiarios.

Por otra parte, el hecho de que David Marino Chamorro se presentó ante las Oficinas del Indert y retiró el título finiquitado del Lote quinta N° 3 de la manzana ampliación de la Colonia Canindeyú situado en el distrito de Salto del Guairá del departamento de Canindeyú, siendo la superficie de dicho Lote de 2 hectáreas que se encontraba a su nombre, se avala con la copia simple del título original Nº 217524 finiquitado donde consta la firma del señor David Marino Chamorro, así como con el libro de actas original del Departamento de Registro de Beneficiario donde se dejó constancia de la entrega por parte del director de Registro de Beneficiario Luis Alberto Reguera Rolón en fecha 16 de setiembre de 2013, del título original nº 217524 al señor David Chamorro López donde consta la firma y los datos personales del mismo.

El hecho de haberse presentado ante las oficinas a retirar el título finiquitado demuestra su conocimiento y participación en el hecho investigado, ya que según informe del Indert el trámite una vez finiquitado el título para la entrega del definitivo es que se solicite al beneficiario la presentación de la cédula de identidad que acredite la titularidad, el beneficiario de conformidad firma el libro índice de entrega, firmando y consignando su número de cédula de identidad lo que ocurrió en este caso, y quedando el duplicado y fotocopia del finiquito del título en la Dirección del Registro del Beneficiario, y en este caso la copia de la cédula de identidad presentado por David Marino Chamorro al momento del retiro del título es el mismo documento que se presentó con la solicitud de reconstitución.

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