Imputan a juez por sustracción de evidencias

El suspendido juez de Luque, Alberto Sosa, fue imputado por quebrantamiento de depósito por la sustracción de mercaderías incautadas en un proceso por valor de US$ 1.500.000, que estaban siendo resguardadas en el depósito del Ministerio Público, en “La Piedad”. El hecho data de mayo del año pasado.

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Sosa ya había sido suspendido por el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados luego de que se diera a conocer la flexibilidad con la que otorgaba medidas alternativas a la prisión a “motochorros” que operaban en Luque.

Específicamente, su juzgado fue objeto de intervención tras el caso de la joven Camila Cabriza, quien sufrió un violento asalto frente a su domicilio y acusó un balazo en la cabeza, el 27 de mayo de este año.

A raíz de esto, la Superintendencia General de Justicia de la Corte Suprema realizó la auditoría preliminar y los hechos detectados impulsaron al ministro Sindulfo Blanco a elevar un informe lapidario contra el juzgado de Sosa. El mismo “recomendó” la inmediata denuncia penal ante el Ministerio Público, suspensión de plazos procesados por diez días, la aceptación de la renuncia de la actuaria Cleider Marlene Velázquez López (también suspendida) y el cambio de todas las cerraduras del juzgado a cargo de Sosa.

Ahora, los agentes fiscales de Luque, José Martín Morínigo y Andrés Arriola, presentaron la imputación contra el juez de la misma ciudad, Alberto Isidro Sosa Vera, por el hecho punible de quebrantamiento de depósito.

Según el escrito fiscal, el 30 de mayo de 2013, Sosa Vera y la actuaria Velázquez López, además del asistente fiscal Fernando Riveros, se constituyeron hasta el depósito “La Piedad” del Ministerio Público y procedieron a retirar 116 cajas de mercaderías, valuadas en US$ 1.500.000.

De acuerdo al escrito fiscal, “el juez Alberto Isidro Sosa Vera entregó mercaderías que se hallaban bajo su resguardo y responsabilidad, a las cuales tuvo acceso en su calidad de funcionario público (juez penal de garantías) sustrayéndolas de esa manera de la disposición oficial, sin que exista ninguna resolución que avale dicho acto”.

Los dos fiscales no incluyeron en el proceso a la exactuaria Cleider Velázquez y al asistente Fernando Riveros.

En la imputación, Arriola y Morínigo solicitan la remisión de los antecedentes de este caso al Jurado de Enjuiciamiento, para que se resuelva el pedido de desafuero.

A su vez, los representantes del Ministerio Público requirieron como medidas cautelares, la obligación de fijar domicilio en lugar determinado, prohibición de salida del país, prohibición de acercamiento al juzgado penal de garantías de Luque mientras dure el proceso, y prohibición de contacto ya sea personal, telefónico o escrito con funcionarios del juzgado penal de garantías de Luque.

griselda@abc.com.py

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