Plantean cambiar ley del Consejo de la Magistratura

El Consejo de la Magistratura presentó a la Comisión Nacional de Reforma Judicial un anteproyecto de ley que modifica la organización y funcionamiento del organismo. El planteamiento prevé que todas las facultades de derecho, públicas y privadas, tengan sus respectivos representantes. También dispone de nuevo mecanismo para las ternas a ministros de la Corte.

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El proyecto de ley presentado ante la Comisión Nacional de Reforma Judicial, que hace seis meses trabaja en el Congreso, busca evitar que la designación de ministros para la Corte Suprema sufra en el futuro los inconvenientes que hoy soporta la selección del magistrado Linneo Insfrán Saldívar, cuya designación hecha por el Senado fue rechazado por el Poder Ejecutivo.

Tras el veto presidencial, los otros dos ternados, la Dra. Myrian Peña y el Dr. Emiliano Rolón Fernández, tampoco pudieron ser nombrados.

A fin de evitar ese tipo de inconvenientes, el Consejo de la Magistratura propuso a la Comisión Nacional, presidida por el senador Eduardo Petta, la siguiente norma legal:

“El Poder Ejecutivo dispondrá de treinta (30) días hábiles prestar o no el acuerdo constitucional. El plazo indicado será para uno o todos los candidatos remitidos.

En caso de no producirse el acuerdo, recibida la comunicación del Poder Ejecutivo, el Senado, podrá por la misma mayoría calificada y dentro del mismo plazo, remitir a otro nombre de la misma terna y, si el Poder Ejecutivo, no le volviera a prestar el acuerdo, deberá enviar al tercero de cada terna, según corresponda.

Agotada la terna, por la falta de acuerdo a los tres integrantes de una o de cada una de ellas si fueran varias, la misma será devuelta al Consejo de la Magistratura, para que remita otra terna seleccionando del resto de los postulantes de la misma convocatoria, siempre que dichos candidatos cumplan con los requisitos de idoneidad y honorabilidad establecidos en la Constitución. Si así no fuere, resolución mediante, deberá proceder a una nueva convocatoria”.

Universidades privadas

Otro de los cambios propuestos por el CM es la incorporación de las facultades de derecho de las universidades privadas en elección de sus representantes ante el organismo. En la actualidad, el CM solo cuenta con representantes de las facultades de derecho de la UNA y de la Universidad Católica Nuestra Sra. de la Asunción.

Sobre este punto, la propuesta de legislación dice que “los Decanos de las Facultades de Derecho habilitadas por la Constitución convocarán a elección del representante titular y del suplente que les corresponda, dentro del plazo de 10 (diez) días, antes del vencimiento del mandato o la vacancia de los representantes docentes.

La Convocatoria deberá establecer:

a) La fecha de las elecciones, dentro de un plazo no menor de 15 (quince) días, ni mayor de 30 (treinta) días;

b) Los cargos a llenar;

c) El lugar de votación; y

d) La fecha y el horario para sufragar.

Dicha convocatoria se publicará por 3 (tres) días consecutivos en dos diarios de circulación nacional”.

Actualmente el CM es presidido por Enrique Riera Escudero, representante del Poder Ejecutivo; Eber Ovelar es el actual vicepresidente y está como representante de la Cámara de Diputados.

Los demás miembros titulares del organismo son Antonio Fretes, representante de la Corte Suprema de Justicia; Enzo Cardozo, representante del Senado; Juan Ramón Bueno Jara y Adrián Salas, representantes de los abogados; Osvaldo González Ferreira, representante de universidades nacionales, y Cristian Kriskovich, representante de la Universidad Católica.

Profesores candidatos

El anteproyecto señala que los profesores o catedráticos de las facultades de derecho de las universidades públicas y privadas podrán postularse para ser representante de su casa de estudios de acuerdo a la siguiente norma:

“Los profesores que se postulasen para el cargo de representantes de su Facultad ante el Consejo deberán estar patrocinados por 10 (diez) profesores del escalafón cuanto menos y designar un apoderado por medio de carta-poder autenticada por escribano público.

El apoderado presentará una lista con los nombres de un titular y un suplente, y de inmediato el Secretario de la Facultad deberá ponerla de manifiesto en el local de la misma. Nadie podrá postularse en más de una lista”.

Abogados

En cuanto a los comicios para elegir a representantes de los abogados independientes para el CM, el proyecto de ley prevé que esas elecciones sean convocadas por la Justicia Electoral en caso que la Corte Suprema postergue o demore los llamados a esas justas.

Al respecto dice que “la elección de los abogados matriculados; 2 (dos) titulares y 2 (dos) suplentes, se realizará en comicios que serán convocados por la Corte Suprema de Justicia, dentro del plazo de 20 (veinte) días, antes del vencimiento del término para el que fue elegido o de producida la vacancia. Si no lo hiciere dentro de dicho termino, podrán los candidatos interesados solicitar la convocatoria a la Superior Tribunal de Justicia Electoral con los mismos efectos. En este caso, dicho organismo solicitará a la Corte Suprema de Justicia los padrones y todos los datos necesarios para realizar los comicios en las mismas condiciones. La convocatoria se publicará en dos diarios de gran circulación nacional por 5 (cinco) días consecutivos”.

La propuesta del CM también contiene disposiciones que fueron fuertemente cuestionadas por los magistrados y fiscales. Como normativas prevén el control y estudio de expedientes judiciales manejados por jueces, camaristas o fiscales que se postulen para cargos en la administración de justicia.

eruizdiaz@abc.com.py

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