“Desde la ANDIS queremos aclarar que la publicación de los términos en cuestión no tuvo ninguna intención discriminatoria, sino que se trató de un error derivado del uso de conceptos pertenecientes a una terminología obsoleta”, expresó el organismo en su página oficial.
Los términos mencionados aparecen en el Anexo de la Resolución 187/2025, publicada el mes pasado en el Boletín Oficial de la Nación y que define los ‘criterios médicos’ para medir la invalidez laboral, y que según la ANDIS será modificada.
Debajo de un apartado titulado “Retardos Mentales”, la resolución clasifica a las personas de “idiota”, “imbécil” o “débil mental” -que puede ser “profundo”, “moderado” o “leve”-, según su nivel de discapacidad y determina que “le corresponde pensión a los que presentan debilidad mental profunda o mayor”.
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“La Resolución 187/2025 y su anexo serán modificados siguiendo los estándares médicos y normativos vigentes, con el objetivo de garantizar que la terminología utilizada esté alineada con las referencias internacionales”, afirmó el comunicado publicado este jueves por el organismo.
“La Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) reafirma su compromiso con un sistema de evaluación justo, transparente y basado en criterios médicos y en un análisis integral de la situación socioeconómica de las personas, que garantice que las pensiones no contributivas por invalidez laboral sean otorgadas a quienes realmente las necesitan”, agregó el texto.
La decisión del organismo nacional de modificar la resolución se da luego de un rechazo generalizado desde distintos sectores y organizaciones.
El Foro Permanente Discapacidad publicó este jueves un comunicado en repudio a la resolución, que consideró “un retroceso inadmisible que atenta contra los derechos de las personas con discapacidad”, y exigió su “revisión inmediata”.
El diputado nacional del Frente de Izquierda Nicolás del Caño había anunciado en su cuenta de X que presentarían un proyecto para rechazar la resolución en el Parlamento y “seguir acompañando los reclamos y las demandas de las personas con discapacidad y sus familias”.
Siete organizaciones argentinas de derechos humanos y que representan a las personas con discapacidad, entre las que se encuentran la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) y el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), habían presentado el pasado 3 de febrero un reclamo administrativo en el que solicitaron a la ANDIS la derogación urgente de la norma “por violar los derechos de las personas con discapacidad”.