Conocido en jerga comunitaria como EUDR, el reglamento 1115 afecta al ganado, el cacao, el café, el aceite de palma, la soja, la madera y el caucho, incluidos derivados como cuero, chocolate o muebles.
Las compañías que importen en la UE esas materias primas deben demostrar mediante un sistema de geolocalización que no han generado deforestación o degradación de masas forestales donde hayan obtenido los recursos.
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En concreto, la institución comunitaria adoptó su mandato para negociar con la Eurocámara, colegislador de la UE junto a los países, una revisión del reglamento del club comunitario sobre los productos que no generan deforestación.
Postergación
“El objetivo es simplificar la implementación de las normas existentes y posponer su aplicación para permitir a los operadores, comerciantes y autoridades prepararse de manera adecuada”, indicó el Consejo en un comunicado.
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Agregó que tras las preocupaciones de los Estados miembros y las partes interesadas sobre la preparación de las empresas y las administraciones, así como sobre “problemas técnicos” relacionados con los nuevos sistemas informáticos, “el Consejo apoya la simplificación selectiva del proceso de diligencia debida propuesta por la Comisión”.
“El Consejo también impulsa la introducción de un aplazamiento uniforme de un año para la aplicación del reglamento a todos los operadores, hasta el 30 de diciembre de 2026, con una prórroga adicional de seis meses para las microempresas y las pequeñas empresas”, expuso.
Eliminación de periodo de gracia
La institución precisó que los países eliminaron el periodo de gracia inicialmente propuesto por la Comisión para las grandes y medianas empresas, y que optaron en su lugar por “una clara prórroga de la fecha de aplicación para todos los operadores, con independencia de su tamaño”.
“El mandato del Consejo ha introducido una serie de cambios a la propuesta de la Comisión para reducir más la carga administrativa sobre los operadores, en particular, los pequeños y microoperadores, y permitir una implementación fluida del reglamento”, apuntó el Consejo.
Declaración diligente
Los países defienden que la obligación y responsabilidad de presentar la declaración de diligencia debida recaiga exclusivamente sobre los operadores que comercialicen el producto por primera vez.
El Consejo también encargó a la Comisión Europea que, para el 30 de abril de 2026, lleve a cabo una revisión de simplificación para evaluar el impacto y la carga administrativa del reglamento de la UE de deforestación sobre los operadores, en particular los pequeños y microoperadores.
“Si es apropiado, la revisión deberá ir acompañada de una propuesta legislativa”, agregó el Consejo.
Entrada en vigencia
Con el mandato adoptado hoy, el Consejo iniciará las negociaciones con la Eurocámara para alcanzar un acuerdo final antes de que la actual versión del reglamento sobre deforestación empiece a aplicarse el próximo 30 de diciembre.
La normativa se adoptó en 2023 y originalmente debería haberse aplicado desde el 30 de diciembre de 2024, pero se ha ido posponiendo.
Busca evitar que ciertas materias primas y productos derivados consumidos en la UE generen deforestación, pues entre 1990 y 2020 se destruyó globalmente una superficie forestal mayor que la de la UE, y cerca del 10% es atribuible al consumo europeo.
