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Según la resolución municipal, las empresas que abran sus puertas tendrán una multa de entre 10 y 300 jornales mínimos. El hecho es considerado inconstitucional, en vista a que el ordenamiento jurídico estipula que una resolución municipal jamás puede estar por sobre la Constitución Nacional.
El asesor jurídico de la municipalidad, Luis Torres, manifestó que ésta no puede prohibir el trabajo de las personas, pero sí tiene atribuciones de sancionar al que incumpla la ordenanza municipal. Al ser consultado si la mencionada ordenanza es inconstitucional, Torres aseguró que cualquier ley y ordenanza deben tener una sanción en caso de ser incumplidas; caso contrario, serían letra muerta.
Añadió que los encargados de fiscalización harán una recorrida por la ciudad y, en caso de constatar comercios abiertos, se levantarán datos de la empresa y posteriormente serán notificados y sancionados; es decir, se trata de un mero objetivo para recaudar, no para facilitar a las personas que asistan a los festejos de la ciudad.
Ante esta situación, muchos comercios antes del día establecido se han acercado a la Dirección de Recaudaciones para pagar sus respectivas sanciones, entendiendo que, en caso de cerrar sus puertas, las pérdidas serían millonarias.
Por otro lado, el viceministro del Trabajo, Luis Orué, manifestó que las municipalidades no pueden sancionar a las personas que abran sus negocios hoy y que si la comuna de Coronel Oviedo lo hace, los comerciantes pueden denunciar este proceder y la Comuna se expone a una sanción.
“Ni siquiera un feriado, que está establecido por un decreto presidencial, puede prohibir el libre trabajo, mucho menos un asueto, que es solo una resolución municipal”, dijo el viceministro a radio ABC Cardinal 730AM.