Jubilados y pensionados de IPS censados cobrarán “aguinaldo” este mes

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El cobro del aguinaldo será posible  siempre que el beneficiario haya realizado el “censo a jubilados y pensionados”.
El cobro del aguinaldo será posible siempre que el beneficiario haya realizado el “censo a jubilados y pensionados”.

Jubilados, pensionados y derechohabientes del Instituto de Previsión Social (IPS) podrán cobrar su décimo tercer salario del año a quienes se hallen debidamente censados.

La Gerencia de Prestaciones Económicas junto con la Dirección de Administración de Jubilaciones del Instituto de Previsión Social (IPS) comunicó que desde el 17 de noviembre se pagará a los jubilados, pensionados y derechohabientes el beneficio anual adicional. Este cobro del aguinaldo, sin embargo, será posible siempre que el beneficiario haya realizado el “censo a jubilados y pensionados”.

El pago fue autorizado y reglamentado por resolución del consejo de administración Nº 092-021/2021 del 2 de noviembre pasado, recalcó el ente previsional.