Por cuarta vez, rechazan libertad condicional a condenado por doble crimen

La jueza penal de ejecución de sentencia Sandra Kirchhofer rechazó el pedido de libertad condicional para un hombre sentenciado a 23 años de cárcel por asesinar a su exesposa y a su hijo de 3 años de edad. Es la cuarta vez que rechazan dicho beneficio al autor del horrendo crimen que conmocionó el país en enero de 2006.

Un agente penitenciario conduce a Miguel Cayetano Gómez Zarza a su lugar de reclusión. Fue en el año 2006 y ahora, el hombre cumple condena de 23 años de cárcel por doble homicidio.
Un agente penitenciario conduce a Miguel Cayetano Gómez Zarza a su lugar de reclusión. Fue en el año 2006 y ahora, el hombre cumple condena de 23 años de cárcel por doble homicidio.MARCIA

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El Juzgado de Ejecución Penal Nº 4, a cargo de Sandra Kirchhofer rechazó el pedido de libertad condicional solicitado por la defensa de Miguel Cayetano Gómez Zarza, chofer condenado a 23 años de pena privativa de libertad.

Es la cuarta vez que Gómez “rebota” en su intento de obtener la libertad condicional, pues el juzgado había rechazado anteriormente esta petición el 20 de mayo de 2021, el 19 de agosto de 2022 y el 11 de agosto de 2023.

Sandra Kirchhofer. jueza penal de ejecución de sentencia.
Sandra Kirchhofer. jueza penal de ejecución de sentencia.

Gómez Zarza quedó tristemente célebre al asesinar a puñaladas a su expareja, la paraguaya de origen oriental Fanny Satto, de 26 años de edad, y a su hijo Miguel Satto, de solo 3 años. El doble crimen ocurrió en Guarambaré, el 26 de enero de 2006.

Doble crimen ocurrió en Guarambaré y conmocionó al país

En la fecha indicada, la víctima fue atacada en una vivienda ubicada en compañía Yvy sunu de Guarambaré, donde Gómez la citó con la supuesta intención de llegar a un acuerdo con relación a la guarda del niño. Esto porque la madre había viajado al Japón para trabajar y se estaba preparando para viajar nuevamente.

Luego de asesinar a la joven, Gómez salió a la calle donde la madre de Fanny la esperaba en la camioneta de su hija. En un arrebato de ira, Gómez tomó al niño de los brazos de la abuela y le asestó dos puñaladas.

Tras la barbarie, el hombre intentó suicidarse con la misma arma blanca utilizada para el doble crimen, por lo que estuvo internado unos días en Emergencias Médicas -actual Hospital de Trauma- antes de ser derivado a la Penitenciaría Nacional de Tacumbú.

“Ellos estaban separados a raíz de las reiteradas amenazas que recibía de su concubino. Ella se había ido al Japón para trabajar, estuvo siete meses y regresó para ver sus documentos, y, en el tiempo en que estuvo fuera del país, él la amenazaba de que, si no volvía con él, iba a encontrar en un cajón a su hijo. Eso es lo que relataron los testigos”, explicó la fiscala Brígida Aguilar, quien tuvo a su cargo la acusación contra Gómez en el juicio oral y público en el que fue sentenciado a 23 años de cárcel.

Informe psicológico negativo

La libertad condicional de Gómez fue solicitada por la defensa pública, considerando que el mismo tiene derecho a dicho beneficio desde el 14 de junio de 2021. Previamente, Gómez - quien compurgará la totalidad de su pena el 18 de enero de 2029- ya había sido favorecido con salidas transitorias de 48 horas, desde noviembre de 2020 y en ese año incluso fue beneficiado con la redención de su pena (doce días).

Sin embargo, pese a dichos antecedentes, la buena conducta del recluso y el informe favorable de la trabajadora social acerca del entorno familiar que se encuentra presto a recibirlo, la magistrada rechazó la petición de libertad condicional debido a que el informe psicológico arrojó un resultado negativo.

En ese sentido, la Lic. María Luz Franco, psicóloga de la Granja Penitenciaria Ko´e Pyahu, concluyó que el incoado posee “signos de conducta egocéntrica, emocionalmente lábil, tensión emocional. Agresividad inhibida, indecisión, duda, inseguridad, temor, sentimientos de inadecuación, introversión, inhibición. Necesidad de aferrarse a algo”.

Fiscalía se opuso a concesión de libertad condicional

Al respecto, la magistrada destaca la relevancia de los informes favorables al condenado, pero aclara que debe analizar todos los requisitos en conjunto, motivo por el cual no puede pasar por alto el informe de la psicóloga en lo que respecta a su personalidad.

“(...) al examinar y analizar los elementos de juicio esgrimidos anteriormente, los dictámenes psicológicos respectivos se verifica que el interno Miguel Cayetano Gómez Zarza no es apto para obtener la libertad condicional, en razón a que no se encuentran reunidos de manera conjunta los requisitos exigidos para el otorgamiento de dicho beneficio, que presupone la probabilidad de una conducta futura libre de delitos, por tanto, este Juzgado considera que aún existe un alto riesgo de reincidencia”.

En fecha 08 de enero de 2025, la agente fiscal interina Alejandra Montero presentó en forma electrónica su dictamen, a través de cual se opone a la concesión de la libertad condicional, en virtud del informe psicológico mencionado y recomienda tratamiento psicológico tendiente al mejoramiento de sus condiciones personales.

Finalmente, Kirchhofer dispone que Gómez siga tratamiento psicológico sobre factores negativos de su personalidad en forma presencial con profesionales de Apoyo del Juzgado de Ejecución cada 15 días, por el término de 6 meses. El resultado de dicha evaluación deberá ser remitida al juzgado en forma mensual.

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