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Por medio de su dirección de Asesoría Jurídica, el Instituto de Previsión Social (IPS) expresó su agravio ante la resolución de la jueza penal de Garantías, Cynthia Lovera, quien desestimó la denuncia que había presentado la Previsional contra los médicos Gustavo Alberto Pereira Bello (ANR) y José María Meza Insfrán (PLRA) por cobro de doble remuneración. Esto, teniendo en cuenta que seguían figurando y cobrando como médicos del IPS cuando ya fueron electos como concejales de las Municipalidades de Luque y Limpio, percibiendo así dos salarios.
El asesor jurídico del IPS, José González, criticó que la jueza se haya basado únicamente informes presentados por la Universidad Católica (UC), las municipalidades de Limpio y Luque, sin obtener mayores pruebas.
La jueza concluyó que los funcionarios perciben dentro de la Municipalidad dietas y no salarios, y que sus horarios de sesiones no coinciden con sus otras funciones. En este argumento basó su desestimación la magistrada.
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Dietas “no son salario”, opina fiscala
Por parte del Ministerio Público, la fiscala Mercedes Caniza Argüello también había solicitado la desestimación de la causa al concluir que las «dietas» recibidas por los acusados no constituyen salario según la ley, ya que estas provienen de fondos municipales, y ambos estaban habilitados legalmente para ejercer sus cargos docentes en el IPS.
El argumento dado por los médicos, con el respaldo de la UC y las municipalidades, es que supuestamente el vínculo que tienen con el IPS es a través de sus cargos docentes.
Pero el director de Asesoría Jurídica del IPS enfatizó que no existe la figura del cargo docente en la Previsional. Lamentó que la jueza de la causa no haya pedido un informe al IPS al respecto de este dato.
El asesor jurídico insistió en que los doctores Gustavo Alberto Pereira Bello y José María Meza Insfrán cumplen exclusivamente funciones del rubro administrativo, y no docente, en la Previsional.
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Desestimación fue sin pedir documentos, dicen desde IPS
Además, criticó que la jueza no haya requerido el sumario administrativo que se les realizó a los citados funcionarios, y que a la fecha está culminado.
José González resaltó que la desestimación de la jueza “es una vergüenza”, pues consideró acreditados documentos que presentaron los imputados, “siendo que no es la universidad quien paga los salarios a los concejales y encima IPS no tiene funcionarios docentes, el vínculo de estos doctores es administrativo”, insistió el director de Asesoría Jurídica.
El director José González recalcó que la ley prohíbe al funcionario ocupar cargos electivos y la doble remuneración, independientemente de que esta sea llamada dieta o salario.
“La fiscalía mintió y la jueza no fundamentó su resolución, por ese motivo hemos impugnado y solicitado que los antecedentes sean remitidos al Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM)”, expresó el director jurídico del IPS.
Recuerdan que médicos debieron haber pedido permiso
El asesor jurídico recordó que los doctores Gustavo Alberto Pereira Bello y José María Meza debían renunciar o pedir permiso mientras duren en el cargo de concejales, así como hacen los demás ediles, que solicitan permiso sin goce de sueldo.
Para José González, tanto la fiscala Mercedes Caniza Arguello como la jueza Cynthia Lovera, actuaron “de mala fe”.
Según el IPS, la acción de estos concejales contraviene tanto la Ley Electoral como la Constitución Nacional.