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En vez de hacer una mea culpa ante la andanada de denuncias de las numerosas irregularidades que salieron a luz a partir de la denuncia del caso denominado la “Mafia de los pagarés”, la Corte Suprema de Justicia (CSJ) optó por adoptar una postura más bien corporativa. En la sesión ordinaria del pleno, los ministros de la máxima instancia judicial expresaron su molestia por los reiterados allanamientos realizados a distintos juzgados de paz y dependencias judiciales y hasta pusieron en tela de juicio la legalidad de dichos procedimientos.
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El primero en tocar el tema fue el ministro Víctor Ríos Ojeda, quien antes de referirse a este caso específico trajo a colación la reciente imputación a una jueza del fuero civil y comercial de Paraguarí, por supuestas irregularidades en un juicio actualmente en curso. Los ministros Manuel Ramírez Candia, Alberto Martínez Simón y César Garay Zuccolillo no participaron en la sesión.
“(...) de ninguna manera se puede imputar y menos condenar a un magistrado por una resolución emitida en el ejercicio de sus funciones, salvo que se termine toda la instancia recursiva de control y haya una sospecha grave de prevaricato. Pero en este caso. además de haber claramente una sospecha de irrespeto del artículo 255 de la Constitución Nacional el fiscal imputa estando en proceso un recurso de apelación”, expresó Ríos, al resaltar la vigencia del mencionado artículo, referente a la inmunidad de los magistrados.

Ríos expresó una gran preocupación por el tema porque considera que con este tipo de actitudes se está “socavando los cimientos fundamentales sagrados del funcionamiento del Estado de Derecho y de la división de poderes”.
En la misma línea, el ministro de la sala constitucional se refirió a los allanamientos realizados a los juzgados de paz, en el marco de la investigación del caso que quedó conocido como la “Mafia de los pagarés”, iniciada a partir de una denuncia pública realizada por el abogado Jorge Rolón Luna. En este sentido, dijo que vio a través de los medios de comunicación una serie de intervenciones en distintos juzgados y que en uno de los casos, se incautaron 2.500 expedientes.
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Fiscales, “de safari” en los juzgados en busca de expedientes
Los allanamientos empezaron el 10 de febrero pasado, fecha en que varios fiscales allanaron en forma simultánea cinco juzgados de Paz de la capital (La Encarnación, San Roque, Catedral (primer y segundo turno) y Recoleta. Posteriormente, los procedimientos continuaron con allanamientos a estudios jurídicos y casas particulares y el viernes último alcanzaron al juzgado de Paz de Villa Hayes y a la oficina de Estadística de la misma circunscripción judicial.
“Y uno se pregunta y asusta, porque ya sea un allanamiento, o una constitución, que hace el MP, siempre se hace ya a partir de la llamada noticia criminis. Es decir, uno tiene una denuncia, aparece una víctima, posibles autores, cómplices, etc. y sobre esa base empieza la investigación, hace el allanamiento o se constituye en un lugar. Sabemos claramente que los allanamientos genéricos son claramente inconstitucionales. O sea, yo no puedo salir a hacer un allanamiento o constituirme en el lugar a ver que encuentro y me llevo todo lo que encuentro por ahí, a ver si no invento, no genero un hecho punible a investigar. Tengo que ir ya con la noticia criminal anterior y concretamente entrar a buscar elementos que me puedan confirmar esa hipótesis o descartar”, expresó.
“Porque uno se pregunta que en un juzgado se comentan delitos penales en 2.500 expedientes, esto se destruye absolutamente todo. Yo no sé si vía auditoría o vía superintendencia del Consejo de la Circunscripción de Villa Hayes si podemos hacer auditoría concreta y ver si realmente hay sospecha de comisión de delitos en 2.500 expedientes. Porque yo entiendo que el Ministerio Público tendrá la información que en estos 2.500 expedientes existe posible comisión de delitos. Que hay denunciantes, posibles víctimas que dicen en estos 2.500 expedientes existe probable comisión de hechos punibles y por tanto, que sean retirados de su lugar natural, que es el juzgado”, señaló.

“Y esto nos tiene que llamar la atención. La Corte no puede quedarse de brazos cruzados ante esta tremenda, horrorosa posibilidad. Inaudito. Yo no escuché hasta ahora, en ningún lugar del mundo, que en un juzgado se cometan no sé, el juez, el secretario, comentan delitos en 2.500 expedientes. Y porque me preocupa? porque yo no concibo que el Ministerio Público hay entrado de exploración, tipo de safari y me llevo lo que encuentre, a ver qué es lo que ocurre. Eso no se puede hacer en ningún caso y menos en caso de expedientes judiciales porque estamos hablando de casos en que más allá del derecho al trabajo de colegas abogados y abogadas y hay que respetar, puede haber caducidad, vencimiento de plazos procesales para que las partes puedan cumplir con alguna carga procesal, etc, etc”, agregó.
Intervención del MP y del JEM por irregularidades en causas penales, sólo con sentencia firme
Por su parte, el ministro Gustavo Santander Dans afirmó que el fiscal que imputó a la jueza actuó de “mala fe”, porque al día siguiente se jubiló y dejó la imputación en cuestión que sostiene, deja un mal precedente pues la Constitución Nacional garantiza que los magistrados puedan actuar sin que ningún órgano se inmiscuya en las causas a su cargo.
“Justamente lo que tenemos que proteger es eso, cuando terminen las causas, cuando ya queden firmes las causas, puedan revisar tanto el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados como la Fiscalía la actuación de los jueces, y no antes, esto es una forma inmiscuirse en las causas. Es orientar para que los jueces después, en segunda instancia, puedan fallar en uno u otro sentido cuando el Jurado o la Fiscalía pide ya la causa y/o abre una investigación” sostuvo Santander que al igual que Ríos, es el ministro encargado de la referida circunscripción judicial a la que pertenece la jueza imputada.
A su turno, el ministro Eugenio Jiménez Rolón se adhirió al cuestionamiento de su colega respecto a la imputación a la jueza en lo civil y comercial de Paraguarí, cuyo nombre no dieron pero sería Liduvina Otazú de Mereles. A criterio de Jiménez Rolón, una eventual imputación por supuestas actuaciones irregulares en un expediente solo podría presentarse una vez que la causa cuente con sentencia firme.
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“Esto es un desmadre”
“Suscribo integralmente las alegaciones del ministro Ríos y es una situación muy preocupante, desde mi punto de vista esto es un “desmadre”, es salirse de los canales correspondiente. Imagínese, el juez, cada vez que va a dictar una sentencia se va a sentir amenazado por esta suerte de guillotina que es la imputación. Entonces, nunca podrá dictar sentencia conforme a su leal saber y entender, tendrá que estar viendo qué es lo que puede no considerarse un hecho punible”, expresó.
“La recurribilidad de las resoluciones judiciales precisamente existen por la posibilidad de errores porque o si no no existiría la alzada y esos errores no pueden convertirse sin más en hechos penalmente punibles, porque justamente constituyen las instancias correspondientes y la resolución definitiva llegará recién cuando se agoten todas las instancias, entretanto todavía no existe sentencia pasada a la autoridad de cosa juzgada” acotó.
“Creo que esto es una clara instrumentación del sistema penal hacia la justicia en general y esto es sumamente peligroso ya lo describió el ministro Ríos, esto puede generar un quiebre del estado de Derecho, los jueces van a estar bajo sospecha todo el tiempo, más allá de que hay investigaciones puntuales de casos concretos de corrupción que hoy están siguiendo los canales procesales y legales correspondientes, a los efectos de encontrar la verdad y castigar al verdadero culpable”, manifestó a su vez la ministra María Carolina Llanes, al adherirse a las posturas de los ministros Ríos y Jiménez.
Llanes dijo que no se puede generar una “guerra de todos contra todos” e instó a los magistrados a ser examinar con sumo cuidado los planteamientos del Ministerio Público y recordó la vigencia de la acordada que establece los parámetros a ser considerados para la admisión de una imputación, creada justamente a partir situaciones generadas por “imputaciones completamente infundadas”.
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Instan a jueces a estar “atentos y vigilantes” ante pedidos de la Fiscalía
“No se pueden hacer imputaciones genéricas o hechos punibles a determinar contra personas innominadas como suelo ver carátulas por ahí, porque esto directamente contradice todo el sistema procesal constitucional legal penal (...) agregó Llanes, para luego cuestionar nuevamente la imputación a la jueza, para luego afirmar que se trata de una situación “alarmante” e instó a todos los magistrados a estar “atentos y vigilantes” ante las peticiones del Ministerio Público.
“Y con relación a los allanamientos también recordar de que al tratarse de medidas cautelares extremas a los efectos de buscar información de los recintos privados, o de las comunicaciones privadas o de los documentos de las personas, tienen que ser claramente expresos, No se pueden dictar órdenes de allanamientos genéricas, el fiscal tiene que ir con un requerimiento concreto ante el juez y el juez ante un requerimiento concreto otorgará o no la medida cautelar extrema. Entonces, mucho cuidado con todas esas decisiones porque estamos poniendo en riesgo el Estado de derecho y nosotros somos custodios de este sistema y de que esto funcione de manera segura”, acotó.
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Por último, el ministro César Diesel, actual presidente de la Corte Suprema de Justicia exhortó a los magistrados a recordar la vigencia del artículo referente a la inmunidad de los magistrados y a pedido de Ríos y los demás ministros, solicitó a la administración de la Circunscripción de Villa Hayes un informe sobre los allanamientos realizados y el listado de los expedientes incautados.
“Hay que recordar la vigencia del artículo 255 de la Constitución Nacional y recordar la inmunidad de los magistrados en el ejercicio de sus funciones, porque finalmente están ejerciendo sus funciones conforme a procedimientos establecidos por escrito y claramente, donde deben respetarse el sistema recursivo y revisar finalmente la resolución final o la sentencia final, de modo que a los señores magistrados, por favor revisar el artículo 255 de la CN”, acotó el titular de la Corte.