Cámara confirma condena para el “rey de los tortoleros” Hugo Socal

Un Tribunal de Apelación confirmó la condena de 4 años de cárcel para Hugo Marcelo Socal Torres, por un caso de hurto agravado ocurrido en 2019. El condenado, más conocido como el “rey de los tortoleros”, tiene otros procesos paralelos por casos similares.

Hugo Marcelo Socal Torres, el "rey de los tortoleros" fue detenido nuevamente. (gentileza).
Hugo Marcelo Socal Torres, el "rey de los tortoleros", en una de sus detenciones por supuesto hurto. Un Tribunal de Apelación de Asunción confirmó una condena a cuatro años de cárcel contra el mismo.Gentileza

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La condena a cuatro años de cárcel impuesta a Hugo Marcelo Socal Torres, conocido como el “rey de los tortoleros” por hurto agravado fue ratificada por voto unánime de los integrantes del Tribunal de Apelación en lo penal, primera sala.

Los camaristas Jesús Riera Manzoni, Arnaldo Fleitas Ortiz y Arnulfo Arias Maldonado concluyeron que no existen motivos para modificar la S.D. Nº 523 dictada el 20 de noviembre de 2023 por el Tribunal de Sentencia presidido por Carlos Hermosilla e integrado por los magistrados Celia Salinas y Héctor Fabián Escobar.

Esta causa tiene relación con un hurto ocurrido el 11 de abril de 2019, cuando desconocidos hurtaron joyas y otros objetos, valuados en más de US$ 15.000, a más de casi G. 30 millones en efectivo del interior de un vehículo estacionado en Juan de Salazar casi General Santos, del barrio Las Mercedes, de Asunción, propiedad de una señora que se dedicaba a la venta de joyas.

Hugo Socal fue reconocido por un tatuaje en la pierna

En este caso específico, Socal fue reconocido por un tatuaje en la pierna, que se pudo observar en los videos de las cámaras de la zona. Este es precisamente el punto cuestionado por la defensa de Socal, que alude supuestos vicios de la sentencia para solicitar su nulidad.

Las imágenes corresponden a un atraco ocurrido  en febrero último,  en el barrio Las Mercedes. Otra vez se ve el mismo tatuaje de Hugo Socal.
Las imágenes corresponden a un hurto agravado ocurrido en febrero de 2019, en el barrio Las Mercedes de Asunción, donde se observa el tatuaje que permitió la identificación de Hugo Socal.

Básicamente, la defensa alegó que el colegiado no observó las reglas de la sana crítica respecto a los elementos probatorios valorados por el Tribunal y supuestamente realizó una valoración parcial e incorrecta de las pruebas, lque, a su criterio, son insuficientes para acreditar la responsabilidad a su defendido en el delito denunciado.

Cámara destaca “insuficiencia de pruebas” alegada por la defensa

El camarista preopinante Jesús Riera destaca que la “insuficiencia de pruebas” alegada por la defensa no se observa en este caso. A continuación, transcribimos parcialmente los principales argumentos de Riera Manzoni, que fue acompañado por los demás integrantes de la sala.

  • “Debemos recordar que, con una sola prueba inclusive, puede un Tribunal de Sentencias, lograr una certeza ya sea positiva o negativa sobre un acusado, siempre y cuando la valoración de la misma no altere a la sana critica; pero en este proceso nos hallamos en presencia de un conjunto de pruebas, que si bien son escasas, lo mismo del análisis integral de las mismas es viable llegar a la conclusión a la que llegaron los jueces de Primera Instancia”.
  • “El eje central de la queja de la Defensa Técnica radica en la prueba de la filmación, donde se constata la presencia del hoy condenado en el lugar del hecho. Sobre ella podemos decir que no es necesaria una pericia para reconocer a las personas que aparecen en las mismas; esto puede hacerlo el propio Tribunal de Sentencias al observar las imágenes, y observar al acusado presente en Sala de Juicios”.
  • “La pericia que en realidad no es tal, salvo que cumpla los requisitos adecuados, es la denominada fotográfica o fotograma y solamente se utiliza la misma cuando de la observación de las imágenes no se puede determinar o individualizar cosas, objetos o personas ya sea por su baja calidad o su falta de nitidez. A lo visto en el juicio especifico que hoy estudiamos, esta no fue la situación, ya que los jueces acreditaron reconocer llanamente al acusado por medio de la imagen de vídeo, muy especialmente por los tatuajes del mismo”.
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