JEM fija plazo para indagar de oficio actuaciones de camaristas en caso de abogado golpeador

El Jurado de Enjuciamiento de Magistrados (JEM) fijó plazo para abril, a fin de actuar de oficio en relación a las actuaciones de los camaristas de Ciudad del Este, que “liberaron” al abogado Walter Ramón Acosta. El profesional del derecho tenía orden de captura por el golpe de puño propinado a una funcionaria del INTN ocurrido la semana pasada y accionó contra la misma desde la clandestinidad.

Abogado Walter Ramón Acosta.
Abogado Walter Ramón Acosta.ABC COlor

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En sesión ordinaria del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM), a través de Secretaría Jurídica los miembros tomaron conocimiento de las actuaciones de los integrantes del Tribunal de Apelación de Ciudad del Este, integrado por los camaristas Raúl Insaurralde, Efrén Giménez y Marta Acosta, quienes revocaron una orden de captura contra el abogado Walter Ramón Acosta, dictada por el juez penal de garantías de Santa Rita Bernardo Silva.

Es así que, en base a lo dispuesto en el artículo 18° de la Ley N° 6814/2021 del JEM, los miembros del Jurado fijaron el plazo de 20 días, a fin de que la Cámara de Senadores, la Cámara de Diputados, la Defensoría del Pueblo y/o la Fiscalía General del Estado presenten acusación, en este caso, contra los camaristas. En caso de que esto no ocurra, trascurrido ese lapso que se cumple el 28 de abril, el órgano juzgador de magistrados y fiscales quedará habilitado para iniciar de oficio una investigación preliminar o enjuiciamiento contra los integrantes del Tribunal de Apelación.

El informe se basó en publicaciones periodísticas que relataban las actuaciones y el precedente negativo que estas podrían sentar, pues permitieron litigar desde la clandestinidad al abogado Walter Ramón Acosta, quien estanado prófugo accionó contra la orden de captura en su contra, emanada por el juzgado a pedido de la fiscala del caso Rocío González.

Los antecedentes del caso señalan que, cerca de las 17:40 del 18 de marzo pasado, el abogado Wlater Ramón Acosta llegó a un surtidor, donde comenzó a increpar a los fiscalizadores del Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN). Primero atacó a Luis Armando Acosta y luego golpeó con el puño a la compañera del primero, Lourdes Sosa Cuevas, jefa de fiscalización del ente. La segunda agresión sí fue filmada por las víctimas.

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Los miembros del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados: en forma presencial la vicepresidenta 1° Alicia Pucheta y el consejero Enrique Berni; por medios telemáticos el titular del JEM el ministro de la Corte César Garay Zuccolillo, los senadores Derlis Maidana y Mario Varela y el diputado Alejandro Aguilera. En forma unánime resolvieron el desfuero de los jueces de paz.
Los miembros del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados: en forma presencial la vicepresidenta 1° Alicia Pucheta y el consejero Enrique Berni; por medios telemáticos el titular del JEM el ministro de la Corte César Garay Zuccolillo, los senadores Derlis Maidana y Mario Varela y el diputado Alejandro Aguilera.

Actuación de camaristas abriría las puertas a criminales organizados

La jueza penal Lici Sánchez cuestionó con firmeza la decisión de la Cámara de Apelación de Ciudad del Este que levantó la orden de captura contra el abogado Walter Acosta, denunciado por agredir a una funcionaria pública y actualmente en la clandestinidad. Señaló que esta medida podría abrir la puerta a que procesados por crimen organizado y otros delitos graves litigen sin presentarse ante la justicia.

La magistrada del fuero especializado en Crimen Organizado, advirtió que la tesis jurídica utilizada para beneficiar al abogado podría extenderse a otros procesos mucho más complejos. “Si se aplica este criterio, cualquier imputado por delitos graves podría litigar desde la clandestinidad, sin ningún obstáculo legal”, alertó.

Sánchez explicó que, conforme al Código Procesal Penal, esta imputación conlleva automáticamente una declaración de rebeldía, al cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 82.

Preocupación ante inusual beneficio al abogado Walter Acosta

La jueza también cuestionó si la Cámara de Apelación tiene atribuciones para modificar el estado procesal de una persona que no se encuentra a disposición del juzgado.

“Las medidas alternativas o más gravosas deben ser dispuestas por un juez de primera instancia, no por una cámara cuando el imputado ni siquiera compareció”, enfatizó Sánchez.

Además, expresó su preocupación por el posible uso de este caso como antecedente en otras causas más complejas. “Esto puede escalar hasta la Corte Suprema de Justicia y abrir la posibilidad de juicios en ausencia, lo cual es incompatible con nuestra Constitución”, indicó durante una entrevista por la 780 AM.

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