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El juzgado de Garantías a cargo de la causa conocida como “mafia de los pagarés” impuso a la exjueza de Paz de San Roque, Liliana Mabel González de Bristot, una fianza real de G. 200 millones, correspondiente en un inmueble familiar; prohibición de salir del país y prohibición de cambiar de domicilio sin autorización judicial; y comparencia trimestral ante el juzgado para firmar el libro de actas judiciales.
El juez Rodrigo Estigarribia, interino de su colega Humberto Otazú en la presente causa, atendió el pedido de la fiscal de Delitos Económicos y Anticorrupción Belinda Bobadilla, quien al presentar la imputación contra la exmagistrada Liliana González de Bristot había solicitado la aplicación de medidas alternativas a la prisión para la misma.
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La imputación del Ministerio Público señala que González De Bristot, en donde en compañía de personas involucradas, presumiblemente habría participado en los procedimientos de preparación de acciones ejecutivas en el Juzgado de paz San Roque realizándose cada uno de estos actos procesales con apariencia de estar ajustados a las formas legales, sin embargo, estas actuaciones según el Ministerio Público no reflejaban la realidad de lo realizado.
Procesada por “mafia de los pagarés”
La ex jueza de Paz del distrito de San Roque, Liliana Mabel González de Bristot, está procesada por presunto prevaricato y uso de documentos públicos de contenido falso en el caso “mafia de los pagarés”. Junto a la ex magistrada están procesados actuarios judiciales, ujieres notificadores y oficiales de Justicia de dicho Juzgado de Paz, además de profesionales abogados.

Según la imputación, cuando era jueza de Paz Liliana González de Bristot dictó resoluciones judiciales supuestamente “violando el derecho y para favorecer a las partes actoras (empresas de cobranzas)”, y que pese a que habría sabido que las notificaciones para reconocer firmas y oponer excepciones no se realizaban, igual avanzó en el proceso, llegando en muchos casos al dictamiento de sentencias definitivas de remate y luego, los descuentos compulsivos de salarios como parte de los embargos dispuestos.
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La investigación relacionada a este caso inició en diciembre de 2024 y prosiguió en enero de 2025, a través de comunicaciones hechas por la Corte Suprema de Justicia al Ministerio Público, así como por denuncias hechas por abogados y por víctimas, que exponían irregularidades supuestamente cometidas en los Juzgados de Paz, en aparente confabulación con empresas de cobranzas teniendo como instrumentos hojas de pagarés.
A través del análisis minucioso a los expedientes incautados, la Fiscalía pudo determinar el modus operandi consistente en una suerte de acuerdo entre jueces de Paz, actuarios, ujieres notificadores, oficiales y abogados demandantes, representantes de diferentes empresas de cobranzas. En el marco de este pacto, se realizaban procesos de preparación de acción ejecutiva.
Ratifican imputación contra otra jueza de Paz
Por otro lado el juez de Garantías Especializado en Delitos Económicos Rodrigo Estigarribia rechazó el incidente de nulidad y ratificó la validez de la imputación fiscal contra la jueza de Paz de la Encarnación, Carmen Analia Cibils Miñarro; procesada también por presunto prevaricato y uso de documentos públicos de contenido falso.
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Los abogados Rodrigo Yódice y Jorge Arturo Daniel Sabe, en representación de Carmen Analía Cibils Miñarro, habían planteado el incidente de nulidad absoluta del acta de imputación fiscal, argumentando que el acta fiscal que sostiene el presente proceso expone a un estado total y absoluto de indefensión a la magistrada.

La defensa agregó que no existe una relación fáctica de las conductas desarrolladas por cada uno de los encausados y menos aún una descripción de cuál ha sido en definitiva la participación de cada prevenido, en el marco del caso “mafia de los pagarés”.
No obstante, el juzgado de Garantías concluyó que el acta de imputación hace una relación sucinta de los hechos que se atribuye a la jueza de Paz; y también individualiza los elementos de sospecha que el Ministerio Público tenía al momento de formular imputación contra Carmen Analia Cibils MIñarro.
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