El 25 de julio de 2015, en la Compañía Sargento Montanía, un automóvil conducido por el agente policial Hernán Román, acompañado por Derlis Dávalos, fue interceptado por un grupo de vecinos que se encontraban ingiriendo bebidas alcohólicas. Tras una discusión, desde el interior del vehículo se realizaron disparos que terminaron con la vida de Francisco Montanía.
Ambos ocupantes del automóvil se acusaron mutuamente de haber efectuado el disparo mortal. Román se presentó ese mismo día en la comisaría y negó ser el autor del hecho. Una semana después, Dávalos también se entregó, negando su responsabilidad.
En una primera etapa, Derlis Dávalos fue procesado como presunto autor del crimen, mientras que el policía Román fue considerado testigo. Sin embargo, al concluir el juicio, Dávalos fue absuelto de culpa y pena, por falta de pruebas.
Posteriormente, se reabrió la causa y se procesó al agente policial Hernán Román, quien en un primer momento había sido beneficiado con un sobreseimiento provisional. En esta nueva etapa, Román pasó de testigo a acusado, mientras que Dávalos se convirtió en testigo del proceso.
Finalmente, Román también fue absuelto por el Tribunal de San Pedro de Ycuamandyyú, que argumentó no contar con elementos probatorios suficientes para condenarlo.
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El caso fue investigado por la Fiscalía de Santa Rosa del Aguaray, a lo largo del proceso, la carpeta fiscal pasó por manos de varios agentes fiscales, lo que generó serias críticas sobre la conducción de la investigación.
Lo más llamativo del caso es que, pese a que ambos acusados estaban dentro del vehículo desde donde se efectuó el disparo mortal, ninguno fue condenado, y ambos fueron absueltos. El hecho, catalogado en su momento como un crimen brutal, sigue sin resolución judicial ni responsable alguno.
A casi diez años del homicidio, el Estado paraguayo sigue en deuda con la familia de Francisco Montanía, sin justicia ni verdad sobre lo ocurrido.