El caso se remonta a setiembre de 2014, cuando familiares de la menor denunciaron que la niña, de 13 años, había quedado embarazada de un hombre de 24. La investigación reveló que la madre de la menor no solo estaba al tanto de la relación, sino que la había consentido, permitiendo que el hombre viviera en su casa.

El fiscal adjunto Edgar Moreno acusó a la madre por el delito de “violación del deber de cuidado o educación”. La defensa de la mujer, a cargo de Romell Barrios, solicitó la suspensión de la ejecución de la condena, argumentando que la acusada no tenía antecedentes penales y proponiendo que cumpliera la pena de dos años mediante trabajos sociales o donaciones a organizaciones sin fines de lucro.
La juez de Garantías de Quiindy, Zusan Domenech, accedió a la solicitud y dictó la Sentencia Definitiva N° 03 el 30 de noviembre de 2015. En la sentencia, la jueza calificó el hecho punible como violación del deber de cuidado o educación, declaró a la mujer culpable y suspendió la ejecución de la condena a prueba. Como parte de las condiciones, la mujer debía realizar trabajos comunitarios, específicamente limpiar la iglesia de Quiindy.

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Sin embargo, la mujer no cumplió con esta obligación. Ante el reiterado incumplimiento, la Juez Penal de Ejecución Mirian Villamayor libró once oficios al Departamento de Informática de la Policía Nacional solicitando la captura de la condenada. Finalmente, la mujer fue aprehendida por efectivos policiales de la Comisaría de Caapucú y trasladada al Buen Pastor, donde permanecerá a disposición del juzgado.
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