La Abg. Emma González Ramos, ex defensora del usurero Ramón González Daher, será juzgada por presunta denuncia falsa por el Tribunal de Sentencia presidido por la jueza Sonia Villalba Idoyaga e integrado por Laura Ocampos Fernández y Fabián Weisensee Iafeei.
El colegiado fue confirmado por el Tribunal de Apelación Penal de la Adolescencia de la Capital, integrado por los camaristas María Lourdes Sanabria, Clara Mercedes Estigarribia y Gustavo Auadre Canela, que por unanimidad resolvió rechazar la recusación promovida por la Abg. Emma González Ramos, por supuesta falta de objetividad y de imparcialidad.
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En su recusación la letrada había cuestionado la programación del juicio para un día sábado, sin argumentación alguna, teniendo en cuenta que se trata de un día inhábil judicialmente. “Para mí resulta un indicativo de una posible influencia o contacto inusual del Abg. Federico Campos López Moreira con el juzgado”, resalta parte del escrito de recusación.
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Como fundamentación del cuestionamiento la Abg. Emma González Ramos hizo mención a la publicación de ABC con el título “Víctimas de usura de RGD celebran fijación de juicio a exdefensora del usurero”, señalando que en el material se hace mención que Campos López Moreira “consiguió que el juzgamiento inicie este mismo mes”.
Argumentos contra “chicana” de abogada
En el Auto Interlocutorio N° 151 de fecha 16 de setiembre de 2025, el tribunal de alzada resalta que, al analizar los argumentos de la recusante, no se observa existencia de elemento alguno que compruebe fehacientemente que los magistrados recusados se vean afectadas por cuestiones que puedan perturbar su imparcialidad en la presente causa.
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“La presente recusación tiene un carácter eminentemente dilatorio y obstruccionista a la progresividad procesal, que no puede considerarse en modo alguno como fundamento suficiente para el apartamiento de los mismos. Por lo que deviene absolutamente inconsistente e improcedente los argumentos vertidos en el presente incidente y se llega inexorablemente a la conclusión que él debe ser desestimado”, señalaron los camaristas.

El Tribunal de Apelación Penal de la Adolescencia agrega que la normativa nacional es clara al establecer que la afectación de la imparcialidad o independencia judicial es causal de recusación, sin embargo, esta herramienta recursiva solo puede ser articulada cuando se encuentra fundada en “motivos graves”, a más de que la misma, por el inciso invocado es eminentemente facultativa del juez, no así de la defensa.
Finalmente, señalan que la recusante no ha logrado justificar la causal establecida en el inciso 13 del Artículo 50 del Código Procesal Penal, como tampoco los motivos graves exigidos por la norma para la viabilidad de su pedido, puesto que, además, los actos procesales, cualesquiera sean, no pueden servir de sustento a ninguna recusación, teniendo a su alcance los resortes procesales para ejercer sus derechos si la decisión del juez no se ajusta a su derecho, según su criterio.
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Acusación por 155 denuncias contra víctimas de RGD
La acusación fiscal detalla que la jueza Claudia Criscioni (actualmente camarista), presidenta del Tribunal de Sentencia Especializado en Delitos Económicos que condenó a Ramón González Daher a 15 años de cárcel y su hijo, Fernando González Karjallo a 5 años de prisión; comunicó vía oficio N° 144 que se dictó la SD N° 515 y se resolvió disponer la remisión de los antecedentes a la Fiscalía de las siguientes personas: Delcia Karjallo de González, Emma González Ramos y Federico Del Puerto.
Los fiscales de Delitos Económicos y Anticorrupción Néstor Coronel y Alma Zayas (actualmente fiscal adjunta) detallaron en la acusación un total de 155 causas abiertas en contra de las víctimas del esquema de usura del clan González Daher, denunciadas falsamente por supuesta estafa y apropiación.
“Cada una de las causas fueron patrocinadas por la abogada Emma González que en resumidas cuentas versaban sobre operaciones mercantiles y/o comerciales sin ningún tipo de detalle que el señor Ramón González Daher realizaba con los denunciados”, resalta parte del requerimiento conclusivo del Ministerio Público.
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González Ramos habría impulsado las denuncias ante la fiscalía, en contra de las personas que aparecían como denunciadas, al solo efecto de obtener por este medio el cobro de sumas de dinero provenientes de préstamos que concedió el usurero luqueño Ramón González Daher, señala parte del escrito acusatorio.