“Mafia de pagarés”: Fiscalía pide juicio oral para cuatro jueces de Paz

El Ministerio Público presentó acusación contra cuatro jueces de Paz por el esquema conocido como la “mafia de los pagarés” y piden que vayan a juicio junto 8 ujieres, 9 actuarios, 13 oficiales de Justicia y 27 abogados por presunto prevaricato, producción de documentos no auténticos y otros hechos punibles. La colaboración de 4 ujieres fue fundamental para que la Fiscalía confirme su teorías sobre el funcionamiento de la organización criminal, que era encabezada por los propios magistrados. Estos se quedaban con “la mayor parte de dinero”.

Allanamiento encabezado por el fiscal Jorge Arce en el juzgado de Paz de San Roque, en presencia de la entonces jueza Liliana González de Bristot.
Allanamiento encabezado por el fiscal Jorge Arce en el juzgado de Paz de San Roque, en presencia de la entonces jueza Liliana González de Bristot.

Los fiscales Belinda Bobadilla, Jorge Arce y Leonardi Guerrero presentaron acusación en el marco de la mafia de los pagarés contra los jueces de Paz Nathalia Guadalupe Garcete, de La Catedral 2° Turno, y Carmen Analia Cibils Miñarro, de La Encarnación; y contra los ex jueces de Paz Víctor Nilo Rodríguez Acosta (La Recoleta) y Liliana González de Bristot, del juzgado de Paz de San Roque, por supuesto prevaricato, producción inmediata de documentos públicos de contenido falso y uso de documentos públicos de contenido falso.

Los agentes del Ministerio Público, quienes solicitan los juzgados de Garantías Especializado en Delitos Económicos a cargo de los magistrados Humberto Otazú y Rodrigo Estigarribia, que la causa vaya a juicio oral; resaltan en los cuatro escritos de acusación presentados en la madrugada de este miércoles que los ujieres notificadores de los juzgados de Paz de San Roque y La Encarnación prestaron colaboración efectiva con el Ministerio Público, brindando datos relevantes para el presente caso.

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Se trata de los ujieres del juzgado de Paz de La Encarnación Alfredo René Benítez, Nicolás Antúnez, Audrei Galeano y Arturo Ayala; y el ujier del juzgado de Paz de San Roque Líder Rodrigo Benítez. Éste último detalló cuál era la metodología de trabajo impuesta por la jueza Liliana González de Bristot y resaltó que, dentro de ese esquema, él debía limitarse a informar la realización de las notificaciones (que no debían ser realizadas en los casos de grandes empresas de cobranzas).

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Los fiscales Belinda Bobadilla, Jorge Arce y Leonardi Guerrero, encargados del caso conocido como "la mafia de los pagarés".
Los fiscales Belinda Bobadilla, Jorge Arce y Leonardi Guerrero, encargados del caso conocido como "la mafia de los pagarés".

La Fiscalía resalta también que los mismos ujieres refirieron que los montos que se cobraban por gastos de cobertura por notificaciones a las empresas eran inferiores a los establecidos por la Acordada 516/08 de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), que estableció lo montos en razón de distancia. “Los pagos se recibían tanto en efectivo como por transferencias”, destacaron los auxiliares de Justicia, según resalta el Ministerio Público en los escritos de acusación.

“Alto porcentaje” para juezas de Paz, según ujieres

La acusación fiscal resalta además que los ujieres del juzgado de Paz de La Encarnación Alfredo René Benítez, Nicolás Antúnez, y Arturo Ayala; y del ujier del juzgado de Paz de San Roque Líder Rodrigo Benítez; detallaron que de las sumas recibidas debían “entregar un alto porcentaje” a sus respectivas juezas.

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Esta situación era conocida y querida no solo por las juezas de Paz, sino también por los abogados, quienes se encargaban de proveer las notificaciones en blogs para que los ujieres se limitaran a realizar informes, de acuerdo con los escritos conclusivos presentados por los fiscales Belinda Bobadilla, Jorge Arce y Leonardi Guerrero.

El Ministerio Público resalta que, pese a las normativas procesales que rigen el proceso para reclamar una deuda líquida y exigible, en los juzgado de Paz eran formados expedientes con actuaciones de la parte actora así como las de los juzgados propiamente, en las que en una apariencia de cumplimiento de las formas, se hacía avanzar los procesos con la intención de llegar a los embargos ejecutivos y cobrar por esta vía los montos adeudados más gastos de justicias y otros conceptos.

El Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) analizó los pedidos de desafueros de los jueces de Paz de La Recoleta Víctor Nilo Rodríguez Acosta, de La Catedral Nathalia Guadalupe Garcete Aquino, y de La Encarnación Carmen Analía Cibils Miñarro.
El ex juez de Paz de La Recoleta Víctor Nilo Rodríguez Acosta y las juezas de Paz de La Catedral Nathalia Guadalupe Garcete Aquino, y de La Encarnación Carmen Analía Cibils Miñarro; tres de los acusados por la "mafia de los pagarés".

Sobre el punto la Fiscalía sostiene que estas actuaciones “guardaban solo la apariencia de legalidad” pues, en la realidad, lo que sucedía, era que los deudores demandados no eran notificados de las actuaciones judiciales y todo el juicio era llevado a espaldas de los mismos.

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“Para el efecto, los ujieres notificadores elaboraban informes de notificaciones y los oficiales, por su parte, informaban sobre la intimación de pago y ejecución de los mandamientos a ellos entregados, sin que las diligencias fueran realizadas”, resalta el Ministerio Público.

Esquema de la “mafia de los pagarés”

La acusación fiscal detalla que entre los años 2022 y 2024, las empresas de cobranzas, a través de sus representantes legales, promovieron demandas de acción preparatoria de juicio ejecutivo y juicios ejecutivos con títulos de crédito que servían de base para la ejecución, consistentes en pagarés sin indicación del beneficiario.

El Ministerio Público agrega que en los procedimientos de preparación de acciones ejecutivas, en cumplimiento a las resoluciones judiciales dictadas en los diversos expedientes, los ujieres notificadores debían notificar a los deudores a los efectos de comparecer a reconocer las firmas estampadas en los pagarés; así también, los demandados debían ser intimados al pago por medio de los oficiales de justicia.

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Más adelante, dentro del juicio ejecutivo propiamente, debían ser notificados a fin de que se presentaran a oponer excepciones; y luego debía disponerse el embargo ejecutivo de los bienes suficientes para cubrir el monto reclamado; sin embargo, estas notificaciones e intimaciones de pago, así como los mandamientos de embargo, no eran diligenciadas por los ujieres y oficiales de justicia conforme a las constancias acreditadas por ellos en los documentos.

Jueces de Paz “torcieron el derecho”

Según el esquema que revela la acusación fiscal, dentro del proceso ejecutivo las intimaciones de pago y embargos ejecutivos eran también informados falsamente como realizados por los oficiales de justicia, consignando en muchos casos la misma fecha (e incluso hora) en lugares distantes unos de otros en los diversos expedientes pertenecientes a la misma empresa de cobranzas demandante por quienes habían sido contratados.

De esta forma, los jueces y ex jueces de Paz acusados “dictaron resoluciones judiciales a favor de las partes demandantes, torciendo el derecho, dado que con el conocimiento de la falsedad de la realización de las notificaciones así como de las intimaciones de pago y embargos ejecutivos.”

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Añade el Ministerio Público que los magistrados manifestaban en sus resoluciones que los deudores fueron notificados y que éstos no comparecieron a reconocer sus firmas, lo que le permitía a la misma aplicar la ficción legal de tener por reconocidas las firmas obrantes en los pagarés y ordenar que pasaran los trámites a la etapa de juicio ejecutivo; y dentro de los juicios ejecutivos, nuevamente avanzar el mismo sabiendo que los deudores no habían sido notificados de los distintos actos procesales y que la intimación de pago y embargo ejecutivo no habían sido practicados.

Seguidamente, los abogados peticionaban la orden de embargo ejecutivo y los oficiales de justicia consignaban igualmente como diligenciados las intimaciones de pago y mandamientos de embargo, lo cual era solo en apariencia, de acuerdo con lo resaltado por la acusación del Ministerio Público.

Dentro de estos juicios ejecutivos se observa igualmente el dictamiento de resoluciones judiciales en el marco de un juicio plagado de actos inexistentes, con el conocimiento de todos los involucrados, que derivaban en resoluciones judiciales violatorias de las normas procesales.

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