El juez penal itinerante Juan A. Ruiz Díaz, de la Circunscripción Judicial de Guairá, rechazó el pedido de la fiscala Gladys Elena Jiménez Ruiz para desestimar la denuncia contra Federico Mora.
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La decisión fue dictada mediante el Auto Interlocutorio N.º 422, en el que el magistrado consideró que el cierre de la causa solicitado por el Ministerio Público carecía de fundamentos y era prematuro en esta etapa procesal.
Sostiene que no existe certeza sobre la existencia o no del supuesto hecho de Abuso Sexual en Niños, por lo que corresponde rechazar la desestimación fiscal, para el total esclarecimiento de los hechos investigados.
La denuncia se originó a partir de un hecho ocurrido en Semana Santa de 2025 en Guairá.
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La Fiscalía había solicitado el archivo argumentando que la conducta no encuadraba en el tipo penal de abuso sexual en niños, previsto en el artículo 135 del Código Penal, al “no existir un acto dirigido” de manera directa contra la menor.
Los fundamentos de del juez
El juez Ruiz Díaz sostuvo que el Ministerio Público no ha agotado las diligencias investigativas necesarias para el cabal esclarecimiento de los hechos.
Sostuvo que la Fiscalía no puede concluir que el acto no fue “dirigido” basándose únicamente en las diligencias presentadas en la investigación, sino que se merece un mayor estudio.
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El juzgado considera que aún podrían faltar diligencias como la recepción de testimoniales pendientes, el reexamen de declaraciones ya producidas, la evaluación psicológica y psiquiátrica, la realización de pericia técnica sobre aparatos celulares, si los hubiere; la incorporación del informe toxicológico y de alcoholemia; y otras diligencias que la Fiscalía considere pertinentes para el total esclarecimiento de los hechos.
Fiscalía tiene 10 días para presentar su postura
El juez dispuso devolver la carpeta a la Fiscalía de Villarrica, que en un plazo de 10 días deberá ratificar, rectificar o modificar su pedido de desestimación.
Asimismo, ordenó la estricta reserva del expediente para resguardar la identidad y datos de la víctima, conforme lo establece el Código de la Niñez y la Adolescencia.